“Ayuda a los productores de plátano IGP”, Medida II del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.
Código de ayuda:
S00919/25Norma:
Orden de 30 de diciembre de 2024. ORDEN de 28 de noviembre de 2017.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de febrero de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objetivo principal es la concesión de ayudas destinadas a los productores de plátano fresco con Indicación Geográfica Protegida (IGP) “Plátano de Canarias”, excepto los plátanos hortaliza, limitada a una producción máxima de 420.000 toneladas, correspondientes a una superficie total de 11.200 hectáreas con un rendimiento medio de 37.500 kilogramos por hectárea.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria (Canarias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se convocan los productores de plátano cuya explotación se encuentre en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, inscritos en el órgano de gestión de la Indicación Geográfica Protegida “Plátano de Canarias”.En el caso del complemento de la ayuda, los beneficiarios serán los productores que cultiven plátano al aire libre.
Requisitos:
a) Estar afiliado a una Organización de Productores de Plátano reconocida por la Viceconsejería de Sector Primario.b) Que sus superficies productivas figuren correctamente inscritas en el “Fichero de Afiliados del Registro de Organizaciones de Productores de Plátano” y sus recintos SIGPAC debidamente identificados, conforme a la última actualización publicada en el momento de la solicitud.
c) Que figuren inscritos en la Indicación Geográfica Protegida “Plátano de Canarias”
d) Que hayan producido y comercializado plátanos durante la campaña por la que sea pagadera la ayuda al menos en una cantidad equivalente al 70% de la cantidad de referencia que tengan asignada.
e) Que se les haya asignado una cantidad de referencia en la forma que se indica en el siguiente resuelvo.
Documentos asociados
Boletín:
04/12/2017
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 233
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
15/01/2025
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 09
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
15/01/2025
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 09
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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