"Programa Asturias" de ayudas a Centros Tecnologicos y Centros de Apoyo a la Innovacion Tecnologica en el Principado de Asturias.- Convocatoria 2014/2015.

Código de ayuda:

S33891/14

Norma:

Resolución de 30 de junio de 2014. ResoluCión de 5 de noviembre de 2014. ResoluCión de 28 de octubre de 2014. Resolución de 6 de noviembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión de ayudas económicas, en forma de subvención en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, a Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica en el Principado de Asturias por las actuaciones previstas en la base reguladora tercera que ejecuten durante el período 2014-2015.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En todo caso, el coste subvencionable de cada proyecto no podrá ser superior a 300.000 euros. La intensidad de la ayuda será el 100% de los costes subvencionables de la actuación, entendiendo que es el máximo de subvención a obtener en aplicación de los criterios de evaluación de los proyectos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D

Detalle beneficiarios:

Los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica que cumplan los tres requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Actuación 1: Capacitación de los recursos humanos.

Actuación 2: Lanzamiento y consolidación de líneas de actividad del Centro.

Actuación 3: Infraestructuras claves para líneas de actividad existentes o estratégicas.

Se podrán solicitar ayudas para actuaciones con inicio a partir del 1 de enero de 2014 y con un plazo de ejecución máximo hasta el 31 de diciembre de 2015.

Requisitos:

— Estar inscritos en el Registro de tales Centros, regulado en el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre; o estar en trámite para la obtención de dicha inscripción y reunir los requisitos comunes exigidos en el artículo 5.1 de dicha norma.

— Tener su domicilio social en el Principado de Asturias.

— No encontrarse inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas.

Documentos asociados

Boletín: 05/07/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 155
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/11/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 261
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 11/11/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 261
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 11/11/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 261
Documento: Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento