Aayudas a las Cooperativas del sector pesquero y marisquero y otras Asociaciones sin ánimo de lucro en el ámbito de la pesca y el marisqueo.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S23591/15Norma:
Orden GAN/29/2015, de 4 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/05/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
La promoción y apoyo de las cooperativas del sector pesquero y marisquero y otras asociaciones sin ánimo de lucro en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuyos fines interesen al desarrollo de la pescaextractiva profesional y el marisqueo.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
Las cooperativas del sector pesquero y marisquero y otras asociaciones sin ánimo de lucro, todas ellasenmarcadas en el ámbito de la pesca y el marisqueo, que cumplan con las condiciones previstas en esta Orden y no concurran en ellas ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Promoción de la comercialización y consumo de los productos de la pesca y el marisqueo tales como la asistencia a ferias, certámenes, y participación en programas de fomento de la calidad.b) Actividades de divulgación, formación y transferencia de tecnología, charlas, cursos, jornadas técnicas, seminarios y publicaciones.
c) Actividades de colaboración con la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, tales como estudios sobre el sector, toma de datos estadísticos y actividades experimentales sobre la pesca y el marisqueo.
d) Asesoramiento externo, asistencia técnica y contable.
e) Asesoramiento externo y asistencia para la elaboración de programas operativos y planes de producción y comercialización.
f) Gastos en acuicultura incluida la compra de semilla, que no se puedan financiar con otro tipo de ayudas.
Las actividades subvencionables deberán haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2014.
Requisitos:
a) Realizar la actividad específica que fundamente la concesión de la subvención.b) Acreditar ante el órgano Instructor la realización de dicha actividad, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determina la concesión de la ayuda.
c) La presentación de una Memoria de la actividad una vez realizada.
d) Someterse a las actuaciones de comprobación que realice el Órgano concedente, así como cualquier otra labor de comprobación y control financiero que realice la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Tribunal de Cuentas u otros Órganos competentes.
e) En cualquier actividad subvencionable de las establecidas en el artículo 4 de esta orden, ya sean de promoción, divulgación, colaboración o asesoramiento, se hará constar que la actuación está subvencionada por el Gobierno de Cantabria.
Documentos asociados
Boletín:
11/05/2015
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 87
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 87
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento