Acciones formativas a realizar por parte de entidades asociativas de economia social y de trabajo autonomo, para la promocion y el fomento del autoempleo de las mujeres y hombres de las Illes Balears.

Código de ayuda:

S66400/10

Norma:

Orden de 4 de mayo de 2005. Orden de 16 de julio de 2008. Resolución de 14 de diciembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba la convocatoria de ayudas para promover y fomentar el autoempleo de las mujeres y hombres de las Illes Balears.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Empleo
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Turismo y Trabajo (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se subvencionará como máximo una cantidad de 20.000,00 euros por proyecto. Deberán finalizar el 80% de la formación al menos 15 alumnos, sino se reducirá esta cantidad proporcionalmente.


Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria las entidades asociativas de economía social y de trabajo autónomo, siempre y cuando hayan impartido previamente formación financiada o cofinanciada por la Consejería de Turismo y Trabajo o el Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Acciones subvencionables:

BLOQUE 1: OFIMÁTICA, PUBLICIDAD Y MARKETING (72 horas).

Módulo 1: Informática básica, conocimientos de los programas Word y Excel, software libre, correo electrónico e Internet (40 horas).

Módulo 2: Comercio electrónico y páginas web (20 horas).

Módulo 3: Publicidad e marketing (12 horas).

BLOQUE 2: LA EMPRESA. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS, FISCALES Y LABORALES (40 horas).

Módulo 1: Modalidades de empresa: trabajo autónomo, sociedades civiles, cooperativas, sociedades limitadas, sociedades laborales y sociedades anónimas.

Módulo 2: Aspectos fiscales, laborales y administrativos.

Módulo 3: Plan de empresa y plan de viabilidad financiera.

BLOQUE 3: CONTABILIDAD Y TÉCNICAS FINANCIERAS (40 horas).

Módulo 1: Contabilidad y técnicas financieras. El Plan general contable.

BLOQUE 4: APLICACIÓN DEL CONOCIMIENTO TEÓRICO A LA PRÁCTICA EMPRESARIAL (40 horas).

Módulo 1: Aplicación del conocimiento teórico a la práctica empresarial mediante simulación, prácticas en empresas u otros sistemas de buenas prácticas.

BLOQUE 5: FORMACIÓN EN RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL (8 horas).

Módulo 1: Igualdad, conciliación y derechos laborales de las víctimas de violencia de género (4 horas).

Módulo 2: Plan de responsabilidad social corporativa (4 horas).


- Gastos subvencionables:

-Costes docentes: profesorado, tutorías, elaboración de medios didácticos, preparación y evaluación, y gastos de viajes.

-Costes directos: seguros del alumnado, arrendamientos, arrendamientos financieros (leasings), publicidad, material didáctico y fungible.

-Costes indirectos: dirección, coordinación, administración (incluye asesoría fiscal y laboral), suministro de bienes y servicios (luz, agua, electricidad, teléfono, seguridad, limpieza, mensajería, mailing, etc.), amortización de equipos e inmuebles, y similares.

Requisitos:

a) Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, antes de dictar la propuesta de resolución.

c) No estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/ 2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).

d) No haber sido sancionadas por resolución firme, durante los últimos tres años, por la comisión de una infracción grave en materia de integración laboral de personas discapacitadas o muy grave en materia de relaciones laborales o de prevención de riesgos laborales, de conformidad con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE núm. 189, de 8 de agosto).

e) No haber sido sancionadas o condenadas por resolución administrativa o sentencia judicial firmes por discriminación salarial, acoso moral o cualquier otro trato desigual, por razón de sexo, en el ámbito de las relaciones laborales, durante un periodo de 5 años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de
la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer (BOIB núm. 135, de 26 de septiembre).

f) Acreditar que se ha llevado a cabo la organización preventiva a través de alguna de las modalidades previstas en el capítulo III del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención (BOE núm. 27, de 31 de enero); que ha efectuado la auditoría correspondiente, si procede, de conformidad con lo establecido en el capítulo V de este Real Decreto, así como que ha realizado y revisado el plan de prevención, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997 y la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 27 de junio de 1997, por la que se desarrolla el reglamento de servicios de prevención (BOE núm. 159, de 4 de julio ).

g) Tener el domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/07/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 104
Documento: Modificación bases reguladoras. Descargar Documento
Boletín: 16/12/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 183
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento