Anuncio de las bases de convocatoria de subvenciones para asociaciones vecinales.

Código de ayuda:

S71946/07

Norma:

Ayuntamiento de Touro.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/12/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto la concesión de subvenciones a las asociaciones legalmente inscritas o agrupaciones vecinales que desarrollen actividades que tengan como finalidad actuaciones que redunden en beneficio de la comunidad vecinal.

Las actividades a subvencionar deberán haberse realizado durante el ejercicio 2007 y justificarse debidamente mediante los oportunos documentos que acrediten la realización de las correspondientes
actividades. Las asociaciones podrán justificar el gasto mediante certificación emitida por el secretario
con el visto bueno del presidente en la que obre que la actividad fue realizada y el importe del gasto efectivo en el cual ha incurrido la misma.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Ayuntamiento de Touro (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Se concederá ata un máximo de 1.200 euros por funcionamiento de un grupo de gaitas o de baile.

b) La valoración de otras actividades realizadas por las asociaciones se hará en función de la relevancia de
la mismas y del presupuesto, debiendo acreditar que la actividad realizada suponga un beneficio para la comunidad vecinal utilizando los siguientes criterios:
-Implicación dentro del desarrollo cultural del ayuntamiento: 2 puntos.
-Presupuesto: 2 puntos.

-Actividades a desarrollar de carácter específico: 3 puntos.

-Otros criterios a tener en cuenta de carácter objetivo alegados por las asociaciones: 3 puntos.

e) Las subvenciones se concederán en función de los puntos obtenidos, sin que en ningún caso una asociación podrá recibir una cantidad superior a 1.200 euros.

La cantidad máxima que se podrá destinar a las subvenciones es de 6.000 euros, a esos efectos queda comprometido contablemente el gasto por esa cuantía.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Asociaciones legalmente inscritas o agrupaciones vecinales que desarrollen actividades que tengan como finalidad actuaciones que redunden en beneficio de la comunidad vecinal.

Documentos asociados

Boletín: 30/11/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 232
Documento: Anuncio de Bases de Convocatoria Descargar Documento