Apoyo a las actividades de sensibilizacion respecto al valor de la propiedad intelectual y los perjuicios de la falsificacion y la pirateria.

Código de ayuda:

S02455/15

Norma:

GR/001/15.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 31 de marzo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la sensibilización respecto al valor y los beneficios de la propiedad intelectual (PI), así como a los daños que genera su quebranto, procurando la participación de partes inte­resadas, multiplicadores y medios de comunicación, y fomentando los encuentros entre diversos interlocutores.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La contribución financiera de la OAMI no podrá exceder del 80 % del total de los costes admisibles presentado por el solicitante, y deberá situarse entre 15 000 y 50 000 EUR.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

— Ser una persona jurídica, pública o privada. Puede tratarse de:

— Organizaciones sin ánimo de lucro, asociaciones, ONG.

— Organismos públicos de ámbito local, regional o nacional.

— Universidades, fundaciones, etc..

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Familiarizar a los ciudadanos de la UE con la propiedad intelectual y su valor intrínseco, además de informarles de los peligros de la falsificación y la piratería, mos­trarles la repercusión de la propiedad intelectual en su vida diaria, desmontar mitos y modificar mentalidades respecto a la PI y, en especial, a las falsificaciones y la piratería.

Entre las actividades que se financiarán en el marco de la presente convocatoria figuran, por ejemplo (lista no exhaustiva):

— Actividades relacionadas con los medios de comunicación y las redes sociales.

— La producción y difusión de materiales audiovisuales, publicaciones y comunicaciones electrónicas.

— La organización de ferias, exposiciones, actividades de formación y otros eventos.

— «Infoentretenimiento» (debates, programas orientados a los jóvenes, concursos, programas musicales, etc.).

— Herramientas, actividades, soluciones, etc., basadas en internet.

Para más información, véase el apartado 6 de las Directrices para solicitantes.

Requisitos:

— Estar registrados en uno de los 28 Estados miembros y aportar datos facilitados por su país de registro que certifi­quen que el solicitante se encuentra debidamente constituido y lleva inscrito en el registro pertinente más de dos años.

Documentos asociados

Boletín: 16/01/2015
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº 10
Documento: Convocatoria de Propuestas. Descargar Documento