Apoyo a las actividades de sensibilizacion respecto al valor de la propiedad intelectual y los perjuicios de la falsificacion y la pirateria.
Código de ayuda:
S02455/15Norma:
GR/001/15.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 31 de marzo de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover la sensibilización respecto al valor y los beneficios de la propiedad intelectual (PI), así como a los daños que genera su quebranto, procurando la participación de partes interesadas, multiplicadores y medios de comunicación, y fomentando los encuentros entre diversos interlocutores.Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Asociacionismo y Voluntariado
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor
Unión Europea
Convoca:
Comisión Europea ( Unión Europea)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La contribución financiera de la OAMI no podrá exceder del 80 % del total de los costes admisibles presentado por el solicitante, y deberá situarse entre 15 000 y 50 000 EUR.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
— Ser una persona jurídica, pública o privada. Puede tratarse de:— Organizaciones sin ánimo de lucro, asociaciones, ONG.
— Organismos públicos de ámbito local, regional o nacional.
— Universidades, fundaciones, etc..
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Familiarizar a los ciudadanos de la UE con la propiedad intelectual y su valor intrínseco, además de informarles de los peligros de la falsificación y la piratería, mostrarles la repercusión de la propiedad intelectual en su vida diaria, desmontar mitos y modificar mentalidades respecto a la PI y, en especial, a las falsificaciones y la piratería.Entre las actividades que se financiarán en el marco de la presente convocatoria figuran, por ejemplo (lista no exhaustiva):
— Actividades relacionadas con los medios de comunicación y las redes sociales.
— La producción y difusión de materiales audiovisuales, publicaciones y comunicaciones electrónicas.
— La organización de ferias, exposiciones, actividades de formación y otros eventos.
— «Infoentretenimiento» (debates, programas orientados a los jóvenes, concursos, programas musicales, etc.).
— Herramientas, actividades, soluciones, etc., basadas en internet.
Para más información, véase el apartado 6 de las Directrices para solicitantes.
Requisitos:
— Estar registrados en uno de los 28 Estados miembros y aportar datos facilitados por su país de registro que certifiquen que el solicitante se encuentra debidamente constituido y lleva inscrito en el registro pertinente más de dos años.Documentos asociados
Boletín:
16/01/2015
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº 10
Documento: Convocatoria de Propuestas. Descargar Documento
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº 10
Documento: Convocatoria de Propuestas. Descargar Documento