Aprobacion definitiva de Ordenanza Reguladora de las Subvenciones a la Rehabilitacion y construccion de Viviendas.

Código de ayuda:

S28655/07

Norma:

FUNES

Plazo de Solicitud:

El peticionario, deberá formular la correspondiente solicitud a una con la presentación del correspondiente Proyecto Técnico.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Ordenanza, impulsar la rehabilitación y construcción de viviendas del municipio de Funes, mediante la concesión de subvenciones para determinados impuestos municipales.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Funes (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones alcanzarán estos importes, en función de que la vivienda sea:

a) Rehabilitación de edificio destinado a vivienda: 50 por 100 del I.C.I.O.
b) Construcción de nuevas viviendas: 50 por 100 del I.C.I.O.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Que todos los miembros de la unidad familiar (definido en el Artículo 6, estén al corriente en el pago de cuantos impuestos tenga establecidos este Ayuntamiento.
b) Que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en el municipio, o causen alta a una con el alta de la vivienda.
c) Que el peticionario sea el titular del inmueble sobre el que se realizaría la construcción.

Requisitos:

Para que la subvención sea aprobada provisionalmente, será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Todas las actuaciones subvencionables a través de la presente Ordenanza deberán contar con la previa concesión de licencia urbanística.
b) En aquellos casos legalmente establecidos, será preceptiva la obtención de la licencia de primera ocupación del inmueble.
c) En los demás casos, se comunicará por escrito la finalización de las obras. Recibida la comunicación, los servicios técnicos municipales girarán visita a fin de comprobar las obras realizadas y se emitirá un informe en el que se haga constar, en su caso, que las mismas se ajustan a la licencia concedida y que se trata de una actuación urbanística subvencionable en los términos establecidos en el artículo 3 de esta Ordenanza.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 36
Documento: Ordenanza reguladora Descargar Documento