Aprobacion definitiva de la ordenanza municipal de ayudas a la rehabilitacion de edificios.
Código de ayuda:
S30282/07Norma:
ORKOIENPlazo de Solicitud:
Las ayudas deberán solicitarse dentro del primer trimestre natural del año.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de las ayudas establecidas por el Ayuntamiento de Orkoien como apoyo a la rehabilitación de edificios emplazados dentro del ámbito del término municipal.Categorías Subvención
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Ayuntamiento de Orkoien (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Comunidades de Propietarios, a través de sus Organos Rectores, promotoras de las actuaciones protegibles que, cumpliendo las condiciones señaladas, losoliciten antes de comenzadas las obras aportando la documentación justificativa correspondiente, debiendo constar informe previo favorable del servicio municipal competente.
Las ayudas serán definitivas una vez terminadas las obras por lo que, si se detectara algún incumplimiento, se perdería el derecho a las mismas, sin perjuicio de emprender otro tipo de acciones.
El destino de la ayuda económica que se conceda a la Comunidad de Propietarios deberá aplicarse inicialmente, inexcusablemente, a financiar las aportaciones a los gastos de las obras correspondientes a aquellos propietarios con falta de recursos económicos que no pudieran hacer frente a sus obligaciones con la Comunidad. La acreditación de la falta de recursos económicos y la aplicación de la ayuda económica entre dichos propietarios será regulada por la propia Comunidad de Propietarios, debiendo justificar ante el Ayuntamiento dicho extremo.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las obras objeto de protección municipal corresponden exclusivamente a actuaciones en edificios destinados a vivienda colectiva siguientes:1.−Adecuación estructural del edificio, considerando como tal las obras que le proporcionen suficientes condiciones de seguridad constructiva de forma que se garantice su estabilidad, resistencia, firmeza
y solidez.
2.−Adecuación funcional del edificio, considerando como tal las obras que le proporcionen suficientes condiciones respecto a: cubierta (estanqueidad frente a la lluvia y humedad, ...), fachadas (revestimiento,
carpintería exterior, aislamientos ...), accesos (portal, ascensor y caja de escaleras), instalaciones generales y medidas de seguridad.
3.−Todas aquellas obras de adecuación estructural o funcional que se realicen en los elementos comunes anexos a los edificios que pudieran ser objeto de actuación protegible.
4.−Supresión de barreras arquitectónicas en el edificio o en la vivienda.
Documentos asociados
Boletín:
28/03/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 38
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 38
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