Asignaciones Individualizadas de Transporte Escolar para alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros publicos.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S67573/09Norma:
ORDEN de 6 de octubre de 2009. ORDEN de 6 de julio de 2010. ORDEN de 5 de julio de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/09/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
convocar Asignaciones Individualizadas de Transporte Escolar para alumnado con necesidades educativas especiales (en adelante n.e.e.) asociadas a minusvalía, en función de los créditos asignados en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Educación y Ciencia
- Transporte
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.– En el caso de que existiese servicio público (autobús, tren, tranvía, taxi, ambulancia,...) adaptadoa la discapacidad del alumno o alumna, entre el domicilio y el centro docente, la cuantía de la asignación
que se otorgue cubrirá el coste del transporte más económico.
2.– Cuando las alumnas o alumnos sean transportados por vehículos particulares, la cuantía de la asignación se calculará multiplicando el número de kilómetros por 0,29 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El alumnado con n.e.e. permanentes que cumpla los requisitos establecidos.l¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
las asignaciones Individualizadas de Transporte Escolar para alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a minusvalía.Requisitos:
a) Hallarse matriculado en el curso 2010- 2011 en un centro público.b) No tener más de 21 años a 31 de diciembre de 2010.
c) Presentar el Certificado de Minusvalía, emitido por el organismo territorial competente, en el que se
indique tipo y grado de minusvalía.
d) Desplazarse diaria, semanal o esporádicamente al centro de estudios asignado por la Delegación Territorial correspondiente.
e) No poder acceder al transporte escolar ordinario.
f ) No tener posibilidad de transporte gratuito o totalmente subvencionado por entidades públicas o privadas, al considerarse incompatible con estas asignaciones.
g) En su caso, estar escolarizado en centro privado/ concertado por señalamiento expreso de la Delegación
Territorial, al no existir en la zona de su domicilio habitual centro público con los recursos adecuados para responder educativamente a sus necesidades especiales.
No podrán concurrir, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, a las convocatorias de las subvenciones y ayudas reguladas en esta Orden, las personas sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o que estén incursas en prohibición legal que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Documentos asociados
Boletín:
28/10/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 207
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
13/08/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 155
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
17/08/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 155
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
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