Asignaciones individualizadas de transporte escolar para el alumnado de E. Infantil (2.º ciclo), E. Primaria y ESO (1er y 2.º ciclo).- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S40828/12Norma:
ORDEN de 24 de octubre de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/12/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar asignaciones individualizadas de transporte escolar para el alumnado matriculado en el curso 2012-2013 en los niveles de E. Infantil (2.º ciclo), E. Primaria, ESO (1er y 2.º ciclo) en centros públicos de enseñanza.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.– Si existe servicio de transporte público regular y/o ferroviario (autobús, tranvía, metro, tren), entre el domicilio del alumno o alumna y el centro docente, la cuantía de la presente asignación sufragará el importe del mismo.2.– Si no existe servicio de transporte público regular y/o ferroviario entre el domicilio del alumno o alumna y el centro docente, la cuantía de la asignación se abonará a 0,29 euros/kilómetro, y en el caso de que el trayecto se realice en motocicletas a 0,15 Euros/kilómetro.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El alumnado de E. Infantil (2.º ciclo), E. Primaria, ESO (1er ciclo)y el alumnado de ESO (2.º ciclo) que reúna los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El transporte escolar para el alumnado matriculado en el curso 2012-2013 en los niveles de E. Infantil (2.º ciclo), E. Primaria, ESO (1er y 2.º ciclo) en centros públicos de enseñanza.Requisitos:
1.– Podrá acogerse a esta convocatoria el alumnado de E. Infantil (2.º ciclo), E. Primaria y ESO (1er ciclo) que reúna los siguientes requisitos:a) Hallarse matriculado en el curso escolar 2012-2013 en un centro público o excepcionalmente en un centro concertado por indicación del Departamento de Educación, Universidades e Investigación en los casos especificados a continuación:
a.1.– Alumnado matriculado en centro público. Deberá desplazarse al centro de estudios más próximo a su domicilio que le corresponda por área de influencia, y si no hubiera plazas, deberá trasladarse al centro más próximo a su lugar de residencia en el que existan plazas libres.
a.2.– Alumnado escolarizado en centro concertado. Deberá encontrarse escolarizado, excepcionalmente, en el centro concertado más próximo a su domicilio por indicación del Departamento de Educación, Universidades e Investigación por no existir en el área de influencia del lugar de residencia del alumno centro público del nivel educativo del alumno o alumna, será necesario informe del Departamento de Educación, Universidades e Investigación; y/o deberá encontrarse escolarizado, excepcionalmente, en un centro concertado por indicación de la comisión de escolarización, siendo necesario, asimismo, el informe correspondiente.
b) No tener posibilidad de transporte gratuito o totalmente subvencionado por entidades públicas o privadas.
c) Que el centro docente se encuentre a una distancia igual o superior a 2 km. La distancia se calculará desde el domicilio del alumno o alumna al centro docente o a la parada más próxima.
2.– Podrá acogerse a esta convocatoria el alumnado de ESO (2.º ciclo) que reúna los siguientes requisitos:
a) Hallarse matriculado en el curso escolar 2012-2013 en un centro público o excepcionalmente en un centro concertado por indicación del Departamento de Educación, Universidades e Investigación en los casos especificados a continuación:
a.1.– Alumnado matriculado en centro público. Deberá desplazarse al centro de estudios más próximo a su domicilio que le corresponda por área de influencia, y si no hubiera plazas, deberá trasladarse al centro más próximo a su lugar de residencia en el que existan plazas libres.
a.2.– Alumnado escolarizado en centro concertado. Deberá encontrarse escolarizado, excepcionalmente, en el centro concertado más próximo a su domicilio por indicación del Departamento de Educación, Universidades e Investigación por no existir en el área de influencia del lugar de residencia del alumno centro público del nivel educativo del alumno o alumna, será necesario informe del Departamento de Educación, Universidades e Investigación; y/o deberá encontrarse escolarizado, excepcionalmente, en un centro concertado por indicación de la comisión de escolarización, siendo necesario, asimismo, el informe correspondiente.
b) No tener más de 18 años al 31 de diciembre de 2012.
c) No tener posibilidad de transporte gratuito o totalmente subvencionado por entidades públicas o privadas.
d) Que el centro docente se encuentre a una distancia igual o superior a 4 km. La distancia se calculará desde el domicilio del alumno o alumna al centro docente o a la parada más próxima.
Documentos asociados
Boletín:
07/11/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 215
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 215
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento