Ayu das para el ejercicio 2009 para la formalizacion de aval bancario a traves de la Sociedad Anonima Estatal de Caucion Agraria (SAECA) con objeto de facilitar el acceso a los creditos destinados a la financiacion de circulante a la industria agroalimentaria y las cooperativas y sociedades agrarias de transformacion agroalimentarias, asi como a sus socios, en la Comunidad Autonoma de Castilla La-Mancha.

Código de ayuda:

S61700/09

Norma:

Orden de 18/08/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer un régimen de ayudas para las a las cooperativas y sociedades agrarias de transformación agroalimentarias, así como sus socios y a la industria agroalimentaria ubicadas en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, destinado a facilitar el acceso a los préstamos de entidades nancieras, a través de la suscripción del aval prestado por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA en adelante), que será completado con la rma de un Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural y SAECA en el que se establezcan las obligaciones de ambas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Cuando el préstamo a garantizar proceda de la línea ICO-Liquidez, en la que el ICO garantiza el 50 % del préstamo y el Instituto de Finanzas de Castilla la Mancha garantiza el 25 %, SAECA podrá avalar el 25 % restante hasta un máximo de 300.000 euros en el caso de Cooperativas, Sociedades Agrarias e Industrias Agrarias, y en caso de socios, hasta un máximo de 100.000 euros.

b) Cuando el préstamo no pertenezca a la línea ICO-Liquidez, los titulares de los avales podrán ser:

-Al socio de la entidad de base asociativa, con un límite máximo de 100.000 euros,

-A la entidad asociativa e industrias agroalimentarias con un límite de 300.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las Cooperativas Agrarias, actualmente denidas en el artículo 111 de la Ley 20/2002, de 14 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha, y las Sociedades Agrarias de Transformación, que cuenten al menos con 25 socios, siempre que sean titulares de establecimientos inscritos en el Registro de Industrias Agroalimentarias y tengan la consideración de microempresas, pequeñas y medianas empresas entendiéndose como tales las que reúnan los requisitos del artículo 2.1 de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003

b) Las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos inscritos en el Registro de Industrias Agroalimentarias, y tengan la consideración de microempresas, pequeñas y medianas empresas entendiéndose como tales las que reúnan los requisitos del artículo 2.1. de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003.

c) Los socios de las cooperativas agrarias y sociedades agrarias de transformación descritos en el apartado a) y que tengan la consideración de agricultor a titulo principal. A estos efectos se considerará agricultor a título principal, el agricultor profesional que obtenga al menos el 50 por 100 de su renta total de la actividad agraria ejercida en su explotación y cuyo tiempo de trabajo dedicado a actividades no relacionadas con la explotación sea inferior a la mitad de su tiempo de trabajo total, establecido éste en un máximo anual de 1.920 horas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran subvencionables los avales obtenidos a través de SAECA para garantizar préstamos destinados a nanciar las necesidades de circulante, que a continuación se exponen:

a) Créditos a Cooperativas, Sociedades Agrarias e Industrias agroalimentarias para nanciar el circulante necesario para facilitar su funcionamiento.

b) Crédito s a Socios de Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación para nanciar anticipos a cuenta de la cosecha entregada a las mismas.

Documentos asociados

Boletín: 15/09/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 180
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento