Ayuda a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales.
Código de ayuda:
S03300/20Norma:
RESOLUCIÓN 20E/2019, de 31 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de marzo de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 37.275 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La medida M06.02 (Creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales) tiene como finalidad propiciar nuevas oportunidades laborales para la dinamización económica y social del territorio rural, evitando la despoblación de las zonas rurales. Para ello se fomenta la diversificación de las explotaciones agrarias mediante la creación de empresas que realicen actividades no agrarias y creen o mantengan empleo.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Creación nuevas empresas
- Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Dirección General de Desarrollo Rural (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La ayuda tiene forma de prima única y se abona en dos pagos iguales. El primer pago está condicionado al comienzo del plan empresarial, y el último pago está condicionado a la correcta ejecución del plan empresarial.2. La ayuda será de 37.275,70 euros.
3. La participación del FEADER es del 31% de la ayuda total.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Pueden ser destinatarias de estas ayudas las personas físicas que sean:a) Agricultoras profesionales inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN).
b) Familiares de primer grado de personas incluidas en el apartado a).
Requisitos:
a) Tener cumplidos 18 años en el momento de finalización del plazo de presentación de la solicitud.b) Ser agricultora profesional titular o socia de una explotación inscrita en el REAN, o familiar en primer grado de la misma.
Las personas jóvenes agricultoras se consideran agricultoras profesionales si tienen resolución favorable de concesión de las ayudas a la “Instalación de jóvenes agricultores” y/o tienen 40 años o menos y figuran en el REAN con la condición de Agricultor/a a Título Principal.
La explotación debe ajustarse a la definición de microempresa o pequeña empresa según lo establecido en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.
c) No haber sido beneficiaria de esta ayuda en anteriores convocatorias.
d) Ningún componente de la unidad familiar puede haber iniciado la misma o similar actividad, con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
e) Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
f) No incurrir en alguna de las circunstancias indicadas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones, que le impida ser persona beneficiaria.
Documentos asociados
Boletín:
27/01/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 17
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 17
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento