Ayuda a las zonas desfavorecidas y a las zonas con limitaciones medioambientales específicas en Castilla-La Mancha en la campaña 2005.
Código de ayuda:
S08237/05Norma:
Orden de 28-01-2005.Plazo de Solicitud:
Hasta el 11 de marzo, pero se admitirán solicitudes hasta 25 días después, reduciendo un 1% la cuantía por cada día de retraso.Finalidad u objetivo de la ayuda:
- Establecer disposiciones de aplicación de la normativa sobre indemnizaciones compensatorias en zonas desfavorecidas contempladas en el Real Decreto 3482/2000, de 29 de diciembre, modificado por el Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, modificado, a su vez, por el Real Decreto 172/2004, de 30 de enero.- Se consideran zonas desfavorecidas las zonas de montaña, las zonas de despoblamiento y las zonas sometidas a dificultades medioambientales específicas que se relacionan en el Anexo I.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
- Las personas físicas, titulares de explotaciones agrarias individuales.- Las personas físicas, socios de Sociedades Agrarias de Transformación o de Cooperativas.
Requisitos:
- Ser Agricultor a título principal o titular de una explotación agraria prioritaria, bien a título individual o como socia de una SAT o Cooperativa.- Tener la mayor parte de la superficie de las parcelas en el ámbito de Castilla-La Mancha.
- Residir en el término municipal que radique la explotación o municipio limítrofe enclavado en zona desfavorecida.
- Comprometerse formalmente a mantener la actividad agraria al menos durante los cinco años siguientes a la fecha en que se solicite por primera vez la indemnización.
- Comprometerse formalmente a ejercer su actividad agraria empleando las buenas practicas definidas en el Anexo I del Real Decreto 708/2002, de 19 de julio.
Requisitos de explotación:
- Estar ubicada en municipio incluido en el Anexo I de la Orden.
- Tener una carga ganadera de 1 UGM/Ha sup forrajera, si la pluviometría media es superior a 800mm/año la carga podrá llegar a 2 UGM/Ha. sup. forrajera.
- Tener superficie agrícola superior a 2 Ha.
Documentos asociados
Boletín:
24/02/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 40
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
24/02/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 40
Documento: Solicitud Unificada Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 40
Documento: Solicitud Unificada Descargar Documento
Boletín:
17/05/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 98
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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