Ayuda a los productores de determinados cultivos forrajeros, Acción III.12 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

Código de ayuda:

S25337/24

Norma:

Orden de 6 de noviembre de 2024. ORDEN de 28 de noviembre de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de enero de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para la campaña 2025 la “Ayuda a los productores de determinados cultivos forrajeros”, prevista en la Acción III.12 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI), destinados a la alimentación animal.

Dichos cultivos serán: trigo, cebada, avena, centeno, maíz, alforfón, guisantes, habas, altramuces, veza, alfalfa, pasto de Sudán, ray-grass, tagasaste y otras forrajeras.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe unitario máximo de la ayuda asciende a 600 euros por hectárea.

2. Se abonará un complemento de la ayuda del 10% de los importes que pudieran corresponderles a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (submedida 6.1 del PDR 2014-2020 o intervención 6961.1 del PEPAC 2023-2027) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la campaña 2025.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los productores de Canarias de los siguientes cultivos forrajeros, destinados a la alimentación animal: trigo, cebada, avena, centeno, maíz, alforfón, guisantes, habas, altramuces, veza, alfalfa, pasto de Sudán, ray-grass, tagasaste y otras forrajeras, que cumplan la condición de agricultor activo exigido en el artículo 3.2 de las bases reguladoras de estas subvenciones.

Requisitos:

a) Que sus superficies productivas se ubiquen en la Comunidad Autónoma de Canarias, con una extensión mínima de 0,3 has por solicitud (3.000 m2).

b) Que las parcelas y/o recintos solicitados estén debidamente identificados en el Sistema de Información Geográfica (SIGPAC) determinado en el Reglamento (UE) nº 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan el Reglamento (UE) nº 1306/2013, y correctamente referenciados a la última actualización publicada en el momento de la presentación de la solicitud.

Documentos asociados

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Boletín: 22/11/2024
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