Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se modifica el Decreto 211/2016, de 28 de diciembre, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales y climáticas y agricultura ecológica para prácticas agrarias compatibles con la protección y mejora del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Código de ayuda:
S64237/18Norma:
DECRETO 198/2018, de 18 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de abril de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
— 13.1. Pago de compensación a zonas de montaña.Los pagos de compensación a zonas de montaña, tienen por objeto compensar a las agricultoras y agricultores por las desventajas a las que la producción agrícola está expuesta debido a las limitaciones específicas físicas o de otro tipo dentro de su área de actividad. Dicha compensación deberá permitirles continuar con el uso de las tierras agrícolas, la conservación del espacio natural, así como el mantenimiento y la promoción de sistemas de agricultura sostenible en las zonas afectadas a fin de evitar el abandono de las tierras y la pérdida de la biodiversidad.
— 13.2. Pago de compensación para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables.
Los pagos de compensación para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables, tienen por objeto compensar a los agricultores y agricultoras por las desventajas a las que la producción agrícola está expuesta debido a las limitaciones específicas físicas o de otro tipo dentro de su área de actividad. Dicha compensación deberá permitirles continuar con el uso de las tierras agrícolas, la conservación del espacio natural, así como el mantenimiento y la promoción de sistemas de agricultura sostenible en las zonas afectadas a fin de evitar el abandono de las tierras y la pérdida de la biodiversidad.
— 13.3. Pago de compensación para otras superficies afectadas por limitaciones específicas.
Los pagos de compensación para otras superficies afectadas por limitaciones específicas, tienen por objeto compensar a las agricultoras y los agricultores por las desventajas a las que la producción agrícola está expuesta debido a las limitaciones específicas físicas o de otro tipo dentro de su área de actividad. Dicha compensación deberá permitirles continuar con el uso de las tierras agrícolas, la conservación del espacio natural, así como el mantenimiento y la promoción de sistemas de agricultura sostenible en las zonas afectadas a fin de evitar el abandono de las tierras y la pérdida de la biodiversidad.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
— 13.1. Pago de compensación a zonas de montaña.El importe de la ayuda anual por hectárea determinada o módulo base, es de 113,24 €/ha.
Con el objeto de asegurar la eficiencia administrativa y evitar que los gastos de tramitación de la ayuda sean superiores a la misma y teniendo en cuenta que no excluye un porcentaje elevado de agricultoras y agricultores, se establece una ayuda mínima por explotación de 100,00 €, respetando en todos los casos el pago mínimo de 25 euros / ha. de superficie comprobada.
— 13.2. Pago de compensación para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables.
El importe de la ayuda anual por hectárea determinada o módulo base, es de 64,29 €/ha.
Con el objeto de asegurar la eficiencia administrativa y evitar que los gastos de tramitación de la ayuda sean superiores a la misma y teniendo en cuenta que no excluye un porcentaje elevado de agricultoras y agricultores, se estable una ayuda mínima por explotación de 100,00 €, respetando en todos los casos el pago mínimo de 25 euros / ha. de superficie comprobada.
— 13.3. Pago de compensación para otras superficies afectadas por limitaciones específicas.
El importe de la ayuda anual por hectárea determinada o módulo base, es de 85,72 €/ha.
Con el objeto de asegurar la eficiencia administrativa y evitar que los gastos de tramitación de la ayuda sean superiores a la misma y teniendo en cuenta que no excluye un porcentaje elevado de agricultoras y agricultores, se estable una ayuda mínima por explotación de 100,00 €, respetando en todos los casos el pago mínimo de 25 euros / ha. de superficie comprobada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estos pagos las personas físicas, ya sea en régimen de titularidad única, ya sea en régimen de titularidad compartida, o las personas jurídicas, titulares de explotaciones agrarias que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria de referido registro, y con parcelas que cumplan requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
— 13.1. Pago de compensación a zonas de montaña.Prima anual por hectárea subvencionable de superficie agraria situada en zona de montaña, para compensar a las agricultoras y agricultores, total o parcialmente, los costes adicionales y las pérdidas de ingresos.
— 13.2. Pago de compensación para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables.
Prima anual por hectárea subvencionable de superficie agraria situada en otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables, para compensar a las agricultoras y agricultores, total o parcialmente, los costes adicionales y las pérdidas de ingresos.
— 13.3. Pago de compensación para otras superficies afectadas por limitaciones específicas.
Prima anual por hectárea subvencionable de superficie agraria situada en otras superficies afectadas por limitaciones específicas, para compensar a los agricultores y agricultoras, total o parcialmente, los costes adicionales y las pérdidas de ingresos.
Documentos asociados
Boletín:
24/12/2018
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
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Boletín:
11/10/2019
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 197
Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento
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