Ayuda complementaria a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se declara el importe del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2023.
Código de ayuda:
S16719/23Norma:
Orden de 17 de marzo de 2023. Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de diciembre de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento de concesión de la ayuda complementaria a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como declarar el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenidoeconómico de esta ayuda para las pólizas que se suscriban y tengan fecha de entrada en vigor en el año 2023, junto con las de la convocatoria del año 2022 que no fueron abonadas.
La finalidad de estas ayudas es fomentar y promocionar la suscripción del sistema de seguros agrarios, minorando el coste de las pólizas de seguros agrarios suscritas por los agricultores de la Comunidad Autónoma de la Región de de Murcia, como instrumento para compensar sus rentas frente a fenómenos
climatológicos adversos y otros riesgos.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
- Financiación Preferente / Préstamos
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Serán beneficiarios de estas ayudas los titulares de explotaciones agrarias cuyas parcelas o cabezas de ganado se encuentren ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de de Murcia.Requisitos:
a) Contraten o renueven pólizas de seguros agrarios combinados certificadas por AGROSEGURO de líneas incluidas en el Plan Nacional de Seguros Agrarios Combinados especificadas en el artículo 5 de esta Orden, con fecha de entrada en vigor desde el 1/1/2023 hasta el 31/12/2023, ambos incluidos, exclusivamente para las explotaciones agrarias cubiertas por las pólizas que están situadas enel ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que sean beneficiarios de una ayuda estatal a la prima del seguro concedida por ENESA al estar incluidos en la Base de Datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones (CIAS), a fecha de entrada en vigor de la póliza.
b) No incurran en las causas de prohibición contenidos en los apartados 2, a excepción de su letra e), y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Consientan las comprobaciones necesarias para el otorgamiento de la subvención y su control en los términos establecidos en esta orden y la disposición legal que el mismo desarrolla y complementa; consentimiento que resultará de la presentación de la solicitud de subvención.
Documentos asociados
Boletín:
11/11/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 274
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 274
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
18/03/2023
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 64
Documento: Crédito presupuestario 2023 Descargar Documento
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