Ayuda destinada a financiar programas de ayuda mutua y autoayuda llevados a cabo por asociaciones o entidades sin animo de lucro de enfermos y/o familiares de los mismos.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S28264/13

Norma:

ORDEN 4/2013, de 15 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/08/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la ayuda gestionada por la dirección general con competencias en ordenación, evaluación, investigación, calidad y atención al paciente, de la Agencia Valenciana de Salud de la Consellería de Sanidad para el ejercicio 2013 mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, y aprobar las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Sanidad (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro de enfermos y/o familiares de los mismos que desarrollen programas de ayuda mutua y autoayuda dirigidos a enfermos crónicos, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Atención y apoyo psicológico al enfermo y sus familiares.

2. Actividades de carácter sanitario dirigidas a mejorar la asistencia y la calidad de vida de los enfermos, entendiendo como tales, la rehabilitación, la logopedia y la terapia ocupacional entre otras.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro que corresponda.

b) Carecer de ánimo de lucro.

c) Disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunitat Valenciana.

d) Tener como fines institucionales, recogidos en sus estatutos, la realización de actividades de ayuda mutua y autoayuda a enfermos crónicos, debiendo estar en condiciones de demostrar, mediante documentación fehaciente, que la asociación actúa de forma continua en dicho ámbito y con este objetivo.

e) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social en la forma establecida reglamentariamente.

f) No estar inmersa en procedimiento de reintegro de todo o parte de las subvenciones concedidas por la Generalitat.

g) En el supuesto de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, se deberá tener en cuenta que en cualquier caso deberá nombrarse un representante legal o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que como beneficiarios corresponden a la agrupación.

Documentos asociados

Boletín: 19/07/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7071
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento