Ayuda destinada a garantizar recursos mínimos de subsistencia a trabajadores vinculados por campaña a la molturación de remolacha con suspensión de sus contratos de trabajo a consecuencia de circunstancias meteorológicas adversas.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S75482/09

Norma:

ORDEN EYE/2285/2009, de 9 de diciembre. ORDEN EYE/2367/2009, de 23 de diciembre. ORDEN EYE/1404/2010, de 4 de octubre. ORDEN EYE/526/2011, de 25 de abril. ORDEN EYE/268/2012, de 20 de abril. ORDEN EYE/360/2012, de 22 de mayo.

Plazo de Solicitud:

30 dias naturales contados desde el siguiente a la finalización del periodo de suspensión de contratos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar una línea de ayuda destinada a garantizar recursos mínimos de subsistencia a trabajadores vinculados por campaña a la molturación de remolacha que cumplan determinados requisitos, fundada en razones socio-laborales.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda será equivalente al salario mínimo interprofesional anual vigente en la fecha de la resolución del procedimiento de regulación de empleo, dividido entre el número de horas de la jornada anual pactada en el Convenio Colectivo de la Industria Azucarera, multiplicado por el número de horas de la jornada ordinaria diaria y multiplicado este importe por el período de días de suspensión, hasta un máximo de 90 días.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los trabajadores que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Una línea de ayuda destinada a garantizar recursos mínimos de subsistencia a trabajadores vinculados por campaña a la molturación de remolacha que cumplan determinados requisitos, fundada en razones socio-laborales.

Requisitos:

a) Ser trabajadores contratados por empresas azucareras que desarrollan su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

b) Ser trabajadores vinculados a estas empresas por cualquiera de las siguientes modalidades contractuales:

- Contrato indefinido fijo discontinuo, regulado en el artículo 15.8.lº del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, siempre que responda exclusivamente a la finalidad de desempeñar el trabajo en la campaña del proceso de molturación de la remolacha de la empresa azucarera.

- Contrato de duración determinada celebrado para hacer frente a circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos,
regulado en el artículo 15.1.b) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, siempre que responda exclusivamente a la realización de tareas
vinculadas a la campaña de molturación.

c) Ser trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo que autorice la suspensión de contratos de trabajo motivado por inclemencias meteorológicas, durante el año 2011.

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