Ayuda económica, a través de la tarjeta Benvida, en los supuestos de gestación, nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento familiar permanente en el año 2024 y se procede a suconvocatoria.
Código de ayuda:
S00200/24Norma:
ORDEN de 27 de diciembre de 2023.Plazo de Solicitud:
Hasta el 11 de marzo de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto establecer las bases por las que se regirá la concesión de una ayuda económica para las familias que en el año 2024 tengan un/una hijo/a, adopten, sean declaradas en situación de guarda con fines adoptivos o acojan de manera permanente a uno o más menores de hasta tres años de edad y para aquellas otras que, habiendo obtenido la ayuda o no accediendo a ella por superar los ingresos previstos en las respectivas convocatorias del año 2022 y 2023, experimentaran una variación a la baja de la renta de la unidad familiar que implique tener derecho a las cuantías reguladas en el artículo 4.2, así como para aquellas mujeres que en el año 2024 se encuentren en la semana 21 o posterior de gestación.Asimismo, es objeto de la orden proceder a su convocatoria para el año 2024.
Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Política Social y Juventud (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de esta ayuda aquellas personas residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que dispongan de documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad de extranjero/a (NIE) y que se encuentren en uno de los siguientes supuestos:a) Encontrarse en la semana 21 o posterior de gestación entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
b) Tener hijas o hijos nacidos/as entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
c) Tener constituida la adopción, acogimiento familiar permanente o ser declarado/a en situación de guarda con fines adoptivos de uno o más menores de hasta tres años de edad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
2. Asimismo, podrán beneficiarse de la ayuda las gallegas y gallegos y sus descendientes que se encuentren en cualquiera de los dos supuestos anteriores y, habiendo residido fuera de España, retornen a Galicia durante el año 2024.
Documentos asociados
Boletín:
11/01/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 8
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 8
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento
Boletín:
11/01/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 8
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 8
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento