Ayuda económica destinada a nuevos proyectos innovadores de autónomos y pymes, con el fin de reactivar la economía local tras la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que rigen la convocatoria de subvenciones para el 2020.
Código de ayuda:
S51528/20Norma:
Acuerdo de 10 de septiembre de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 3 de noviembre de 2020.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de las presentes normas reguladoras es el establecimiento del procedimiento de concesión de las ayudas municipales para nuevos proyectos innovadores de autónomos y pymes. La ayuda consistirá en una subvención específica para el pago de sus gastos de inicio del proyecto según se detalla más adelante. Los nuevos proyectos innovadores podrán ser desarrollados por empresas de nueva creación como en empresas ya consolidadas.Categorías Subvención
Empleo
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:a) Proyectos en empresas en funcionamiento: autónomos así como las empresas con forma jurídica (cooperativas, comunidad de bienes, sociedades limitadas y anónimas) que tengan en plantilla un máximo de 25 trabajadores a fecha 1 de junio de 2020 y cuya facturación anual no supere los 5 millones de euros (datos del 2019).
b) Nuevas empresas: constituidas a partir de 1 de enero de 2020 (autónomos, cooperativas, comunidad de bienes, sociedades limitadas y anónimas). Para la fecha se tendrá en cuenta el inicio de actividad en la Agencia Tributaria.
2. Las empresas y autónomos deberán tener su domicilio fiscal y de actividad en el municipio de San Lorenzo de El Escorial (según conste en el modelo de declaración censal de la Agencia Tributaria).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Proyectos de mejora del impacto ambiental de la actividad de la empresa (que deberá poderse medir cuantitativamente dicha mejora).b) Proyectos de mejora de los procesos internos que repercutan en una mejora de la productividad y ahorro de costes (deberá ser medible).
c) Proyectos de innovación en las técnicas y/o canales de venta.
d) Proyectos de informatización de procesos que antes se hacían de forma manual.
e) Proyectos de desarrollo de nuevos productos o servicios innovadores. Serán productos innovadores aquellos que tengan una novedad significativa a nivel municipal.
f) Proyectos de mejoras higiénicas encaminadas a reducir el contagio del SARS-COV-2.
g) Proyectos de fomento del teletrabajo (que suponga al menos un 30 por 100 de las horas laborales de la empresa respecto al 1 de marzo de 2020).
h) Nuevas empresas con un proyecto que tenga un carácter innovador respecto de la oferta existente en el municipio.
Documentos asociados
Boletín:
01/10/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 238
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 238
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento