Ayuda económica favor de las víctimas de violencia de género.
Código de ayuda:
S07928/18Norma:
ORDEN de 3 de mayo de 2007. Real Decreto 1452/2005, de 2 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Indifinido.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Otorgar una ayuda económica favor de las víctimas de violencia de género.Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Para ser beneficiaria del derecho a la ayuda económica, la mujer víctima de violencia de género deberá reunir, a la fecha de la solicitud de la ayuda, los siguientes requisitos:a) Ser residente en la Comunitat Valenciana.
b) Carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento de salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
c) Tener especiales dificultades para obtener un empleo, que se acreditará a través del Informe del Servicio Valenciano de Empleo y Formación.
d) No haber recibido esta ayuda con anterioridad.
Documentos asociados
Boletín:
17/12/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 301
Documento: Real Decreto 1452/2005 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 301
Documento: Real Decreto 1452/2005 Descargar Documento
Boletín:
08/05/2007
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5507
Documento: Orden de 3 de mayo de 2007 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5507
Documento: Orden de 3 de mayo de 2007 Descargar Documento