Ayuda estatal destinada a inversiones en materia de Bioseguridad para la mejora o construcción de transporte por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción.
Código de ayuda:
S19037/22Norma:
Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre. Resolución de 21 de marzo de 2022. Resolución de 18 de mayo de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de julio de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, los siguientes tipos de ayuda:a) Inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado y de perros de rehala, recovas o jaurías, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad, de acuerdo con lo regulado en el capítulo II del Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.
b) Inversiones en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores, o en equipos de tratamientos mediante termoterapia en viveros de vid, de acuerdo con lo regulado en el capítulo III del Real Decreto 949 /2021, de 2 de noviembre.
Las presentes subvenciones se concederán para mejoras en instalaciones de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, y para nueva construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado; y para determinados productores de materiales vegetales de reproducción que acometan inversiones de bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía inicial estimada para la presente convocatoria es de 150.000 euros.Anualidad 2022: 0 euros.
Anualidad 2023: 150.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas físicas, jurídicas o los entes sin personalidad jurídica que reúnan los requisitos.Requisitos:
Subvenciones a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad.a) Titulares o propietarios de los centros de limpieza y desinfección para ganado, incluidas las especies cinegéticas autorizados y registrados en Cantabria que presenten solicitud de ayuda para la mejora del mismo.
b) O que presenten solicitud de ayuda para la construcción de un nuevo centro de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de ganado en Cantabria.
Subvenciones estatales a los operadores profesionales de categoría productor de determinados Materiales Vegetales de que realicen inversiones en instalaciones de protección frente a insectos vectores.
a) Ser operador profesional inscrito como productor, de Derecho público o privado, en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) y, por tanto, estar autorizado por la autoridad competente de la comunidad autónoma a producir MVR.
b) Ser productor de MVR susceptibles de, entre otras, las siguientes plagas de cuarentena que son trasmitidas por insectos vectores:
Xylella fastidiosa.
Bursaphelenchus xilophilus.
HLB o greening de los cítricos.
Flavescencia dorada.
c) Ser productor de MVR de alguno o varios de los siguientes lugares de producción:
Campos de planta madre de frutales y vid de categoría inicial y campos de planta madre de cítricos de categoría de base.
Campos de planta madre de frutales y vid de categorías base (excepto cítricos), certificada, CAC (Conformitas Agraria Communitatis) y estándar.
Viveros de plantones de frutales y vid de las categorías certifi cadas, CAC y estándar.
Campos de material de reproducción de especies aromáticas y ornamentales.
Campos de plantas madre para la producción de material forestal de reproducción.
Viveros forestales.
Campos de producción de semillas de especies hortícolas de categorías prebase, base y estandar.
Campos de material de multiplicación de hortalizas.
d) Asimismo, deberán presentar una solicitud de subvención para la inversión en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores, en la comunidad autónoma donde se lleve a cabo la inversión.
En caso de que el operador profesional cumpla los requisitos a) y b) del apartado anterior y tenga varios sitios destinados a la producción de los descritos en el apartado c) del apartado anterior, deberá presentar tantas solicitudes como inversiones en lugares de producción haga el operador profesional.
Documentos asociados
Boletín:
03/11/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 263
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
30/03/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 62
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
25/05/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 100
Documento: Ampliación plazo presentación Descargar Documento
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