Ayuda para la comercializacion fuera de Canarias de frutas, hortalizas, plantas ornamentales, flores y esquejes , Subaccion I.2.1 Frutas, hortalizas (excepto tomate), plantas medicinales, flores y plantas vivas ; Subaccion I.2.2 Tomate , del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S56173/14

Norma:

Resolución de 19 de diciembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Consultar según producción (tomate o productos distintos del tomate).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas que han de regir con carácter general la Acción I.2 "Ayuda para la comercialización fuera de Canarias de frutas, hortalizas, plantas ornamentales, flores y esquejes" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, cuya última modificación ha sido aprobada por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea y publicitada mediante Orden de esta Consejería de 23 de enero de 2014.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1) Subacción I.2.1 "Frutas, hortalizas (excepto tomate), plantas medicinales, flores y plantas vivas".

El importe de la ayuda será como máximo el 10% del valor de la producción comercializada y entregada en la zona de destino dentro de un límite de 10.000 toneladas por año y producto, excepto para el pepino cuyo límite ascenderá a 22.000 toneladas por año.

Cuando el productor o la entidad comercializadora contratante sea una asociación, unión u organización de productores, el importe de la ayuda será como máximo del 13% del valor de la producción comercializada y entregada en la zona de destino.

Los porcentajes de ayuda contemplados en los párrafos anteriores se incrementarán hasta el 17% y el 20% respectivamente, cuando los productos comercializados y entregados en la zona de destino se transporten por avión, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Reglamento Delegado (UE) nº 179/2014, de la Comisión, de 6 de noviembre de 2013, que complementa el Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que atañe al registro de agentes económicos, al importe de la ayuda para la comercialización de productos fuera de su región, al símbolo gráfico, a la exención de los derechos de importación de determinados bovinos y a la financiación de ciertas acciones relacionadas con las medidas específicas destinadas a la agricultura de las regiones ultraperiféricas de la Unión.

2) Subacción I.2.2 "Tomate".

El importe de la ayuda ascenderá a 3,60 euros por 100 kg de tomates comercializados, con un volumen máximo auxiliable de 150.000 toneladas por año.

Estas ayudas se financian con cargo al Fondo Agrícola Europeo de Garantía (FEAGA) y de acuerdo con la ficha financiera del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, cuya última modificación ha sido aprobada por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea, a la Subacción I.2.1 se le asigna un importe de tres millones trescientos mil (3.300.000) euros y a la Subacción I.2.2, un importe de tres millones novecientos mil (3.900.000) euros. Dichas cuantías podrán modificarse por posteriores decisiones de la Comisión Europea.

Asimismo, dichas cuantías podrán modificarse en el caso de que no se alcance el límite presupuestario previsto, pues los créditos sobrantes podrán destinarse a incrementar, dentro de la misma medida del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, la dotación presupuestaria de aquellas acciones cuyo límite se hubiera superado. De forma recíproca, en el caso de que se supere el límite presupuestario, dichas cuantías podrán verse incrementadas con los créditos sobrantes de otras acciones dentro de la misma medida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los operadores, personas físicas o jurídicas, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Subacción I.2.1 "Frutas, hortalizas (excepto tomate), plantas medicinales, flores y plantas vivas".

La comercialización fuera de Canarias mediante contratos de campaña entre productores y/o entidades comercializadoras de las Islas Canarias y operadores establecidos en el resto de la Unión Europea de frutas, hortalizas, plantas ornamentales, flores y esquejes de los capítulos 6, 7 y 8 de la nomenclatura combinada, y plantas medicinales y aromáticas del código NC 1211, excepto los plátanos correspondientes al código NC 0803 00 y los tomates del código NC 0702 00.

- Subacción I.2.2 "Tomate".

La comercialización fuera de Canarias mediante contratos de campaña, celebrados entre productores de las Islas Canarias y operadores establecidos en el resto de la Unión Europea, de los tomates del código 0702 00 de la nomenclatura combinada.

La campaña de comercialización comprenderá desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2015 y los productos objeto de ayuda deberán ser recolectados y comercializados dentro de dicha campaña.

Requisitos:

a) Tener su domicilio social y fiscal en el territorio de la Unión Europea, pero fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias, y desarrollar en donde se encuentren ubicados una actividad económica permanente.

b) Suscribir contratos de campaña con productores y/o entidades comercializadoras de las Islas Canarias.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2014
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 252
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento