Ayudas «Conectividad de empresas vascas» para el año 2024, cuya línea 1 se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.

Código de ayuda:

S19264/24

Norma:

RESOLUCIÓN de 6 de agosto de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 15:00 horas del día 13 de diciembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto del Programa es apoyar la instalación de redes de comunicaciones electrónicas de alta capacidad, que permitan prestar servicios a velocidades de 1Gbps así como el apoyo a la contratación de servicios avanzados de telecomunicaciones de banda ancha ultrarrápida, en aquellas ubicaciones en las que se hace necesaria la creación de nueva infraestructura para su provisión.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SPRI. Agencia vasca de desarrollo empresarial (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas, las pequeñas y medianas empresas (PYME) titulares o arrendatarias de bienes inmuebles situados en un ámbito material de actuación o, en su caso, en sus zonas industriales adyacentes, así como las comunidades de propietarios sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecido en el artículo 396 del Código Civil, así como en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, y que presenten proyectos para la ejecución de las actuaciones subvencionables descritas en el artículo 6.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Línea 1: ayuda destinada a la instalación de redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps en centros de actividad empresarial ubicados en la CAE, artículo 12.1.c) del Real Decreto 988/2021.

– Línea 2: ayuda para la extensión de las redes de banda ancha ultrarrápida a aquellas empresas de la CAE que no disponen de la posibilidad de contratar este tipo de servicio, por la inexistencia de infraestructuras de telecomunicaciones de los operadores de comunicaciones electrónicas en los polígonos o zonas geográficas donde se ubican

Requisitos:

a) Dispongan de un centro de actividad en la CAE.

b) Ejecuten el proyecto en una ubicación dentro del ámbito de actuación, ubicación en la que el proyecto presentado deberá tener impacto. En todo caso, esta ubicación deberá estar dentro de la CAE.

c) Figuren de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco

Documentos asociados

Boletín: 02/09/2024
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 170
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento