Ayudas IV convocatoria de ayudas de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo LEADER 2014-2020 de la Federación para el Desarrollo de Sierra Grande-Tierra de Barros para proyectos no productivos en referencia a formación e información de los agentes económicos y sociales que desarrollan sus actividades en ámbitos cubiertos por la EDLP de FEDESIBA.

Código de ayuda:

S37055/20

Norma:

ORDEN de 16 de enero de 2020. Mérida, 10 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de octubre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria se publica al amparo de la Orden de 16 de enero de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020, modificado por el Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionadas por el COVID-19 en la submedida 19.2 Apoyo para la realización de las operaciones, conforme a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo correspondiente a la actuación Formación e información de los agentes económicos y sociales que desarrollan sus actividades en ámbitos cubiertos por la EDLP de FEDESIBA.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 90 % del gasto subvencionable para proyectos promovidos por asociaciones e instituciones y entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica y del 100 % en el caso de personas promotoras públicas y Grupos de Acción Local con el límite de 200.000 euros por proyecto siempre y cuando el importe total de las ayudas “mínimis” concedidas a una única entidad no exceda de 200.000 € durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Tendrán la consideración de personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas, los Grupos de Acción Local, asociaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro con personalidad jurídica y las entidades locales.

Documentos asociados

Boletín: 24/01/2020
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 16
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 20/07/2020
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 139
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 20/07/2020
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 139
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento