Ayudas Plan "Mejora Punto de Venta" 2018.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S18100/18

Norma:

Orden 19 de abril de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de mayo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la convocatoria es la selección de los comercios a los que se elaborará un plan “mejora PV” en el 2018, consistente en un diagnóstico sobre diferentes aspectos del negocio con el objetivo de identificar los puntos fuertes y débiles del punto de venta, así como aportar recomendaciones para la renovación y la optimización del establecimiento comercial.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Cámara de Comercio de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Bonificación del 100% del precio del informe “mejora PV” para el comercio.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán beneficiarse de un plan “mejora PV” sin coste, gracias a la subvención del Govern a la Cámara de Comercio de Mallorca para el 2018, un total de 30 comercios que cumplan los requisitos y acepten las condiciones establecidas en esta convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Diagnóstico sobre diferentes aspectos del negocio.

Requisitos:

· Ser autónomo, microempresa o pequeña empresa en activo, con establecimiento comercial permanente en Mallorca o en Menorca.

· Tener la actividad principal enmarcada dentro uno de los epígrafes del IAE de comercio al por menor incluidos en la relación del Anexo I (accesible en la web www.cambramallorca.com).

· Que el local comercial a analizar tenga una superficie de venta inferior a 400 m2 y disponga de la correspondiente licencia de actividad.

· Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

· No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y cumplir la norma de minimis que exige la Unión Europea.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 48
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento