Ayudas Programa GESTA ( Generacion de Soluciones de Tecnologia Avanzada) a las pequeñas y medianas empresas para proyectos de investigacion industrial dirigidos a alcanzar un objetivo tecnologico del ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S03919/08

Norma:

RESOLUCION de 16 de enero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente resolución es establecer, junto con lo dispuesto en la Orden de 12 de diciembre de 2006 de la conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia, sobre concesión de ayudas por el Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA), las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas contempladas en el Programa GESTA, cuyas bases se establecen en el
anexo I.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Programa: GESTA (Generación de Soluciones de Tecnología Avanzada). 2008:

Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables, con intensidad variable en función de la clasificación del proyecto, hasta los siguientes máximos:
– Proyectos considerados de investigación industrial: 60%.
– Proyectos de considerados de desarrollo precompetitivo: 35%.

Los porcentajes anteriores podrán llegar hasta el 75% y 50% respectivamente en función de que se cumplan diferentes condiciones relativas al mapa regional de ayudas o tenga un planteamiento multidisciplinario acorde con los objetivos de un proyecto o programa específico emprendido en virtud del VII Programa Marco o Eureka.

Asimismo podrán llegar hasta el 70% y 45% respectivamente en el caso de que los resultados del proyecto tengan una amplia difusión científica en conferencias y revistas técnicas profesionales.
La Comisión del programa podrá establecer un límite de ayuda por empresa o por proyecto, en ningún caso se podrá superar el límite de 5 millones de euros y ni de 10 millones de euros en el caso de proyectos
Eureka.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a estas ayudas las PYME industriales y de servicios relacionados con la industria que presenten proyectos que reúnan las características indicadas en el programa cuyo investigador principal sea socio o mantenga una relación laboral con la empresa.
Los beneficiarios deberán tener su sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana y los proyectos objeto de ayuda deberán estar localizados en dicho territorio.

Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y en general, las entidades sin ánimo de lucro.

Las condiciones para ser beneficiario habrán de mantenerse hasta el momento del pago de la subvención.

Para el ejercicio de su actividad los beneficiarios deberán disponer de las autorizaciones administrativas preceptivas, encontrarse inscritos en los Registros Públicos pertinentes, y cumplir con cualesquiera otros requisitos exigidos por las disposiciones aplicables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa: GESTA (Generación de Soluciones de Tecnología Avanzada). 2008 (consultar Anexo I):

Costes subvencionables:

Servicios de asesoramiento y similares.
– Contratación con Centros de Investigación.
– Obtención de conocimientos técnicos y adquisición de patentes a precio de mercado.
– Obtención de conocimientos técnicos y adquisición de patentes a precio de mercado.
– Consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.

Gastos de auditoría necesarios para certificar la realización del proyecto.
Estos costes se considerarán subvencionables hasta el límite de 70% de los costes subvencionables totales del proyecto.

Instrumental. Equipamiento de laboratorio y experimentación, adquirido exclusivamente para el proyecto y sin otra utilidad que para el mismo.

Materiales. Materiales y componentes necesarios para la actividad de investigación que tengan carácter consumible o fungible

Recursos humanos. Los gastos del personal (investigadores, técnicos y personal auxiliar) durante el tiempo en que estén exclusivamente dedicados al proyecto de investigación. Se considerará como coste subvencionable el importe líquido a percibir en nómina por el trabajador.

Registro de patentes. Costes relativos a la preparación y presentación de la solicitud, gastos de traducción o de validación del derecho en otras jurisdicciones y costes de defensa de la validez del derecho en que se haya incurrido con motivo de la tramitación oficial de la solicitud y en eventuales procedimientos de oposición. Este coste se considerará subvencionable hasta el límite del 70% de los costes subvencionables totales del proyecto.

La imputación de gastos al proyecto deberá basarse en un método justo y equitativo debidamente explicitado.

Documentos asociados

Boletín: 18/01/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5683
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento