Ayudas a Asociaciones Juveniles para el desarrollo de programas de interés general.
Código de ayuda:
S06791/04Norma:
Orden de 3 de febrero de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/04/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La financiación de proyectos promovidos por las organizaciones juveniles.Categorías Subvención
- Juventud
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Cultura (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Proyectos financiables:a) Proyectos destinados al desarrollo integral de los jóvenes, tanto en el ámbito personal como en el colectivo.
b) Proyectos innovadores relacionados con las nuevas alternativas de ocio y tiempo libre.
c) Proyectos interasociados que supongan apoyo o tutela a entidades juveniles en proceso de formación o consolidación.
d) Proyectos de fomento que impulsen la capacidad emprendedora y nuevas tecnologías.
e) Apoyo al mantenimiento y ampliación de sedes.
f) Acceso a la información juvenil, la comunicación e intercambio de experiencias.
Llíneas de financiación:
- Modalidad A: destinada al fomento y consolidación de nuevas asociaciones juveniles, potenciando el crecimiento del tejido
asociativo juvenil extremeño.
- Modalidad B: destinada a la cogestión de recursos, que supongan un crecimiento tanto cualitativo como cuantitativo de las actuaciones a desarrollar, para de esta manera, mantener una red humana lo suficientemente innovadora que al mismo tiempo sirva para encauzar las propuestas de la población juvenil a la Administración.
Conceptos a financiar:
– Material inventariable necesario para llevar a cabo el proyecto, (en su caso alquiler o coste imputable al proyecto).
– Material fungible.
– Gastos de transporte.
– Gastos de personal, justificándose de conformidad con la legislación vigente (máximo 10% del proyecto).
– Gastos de estancia de los participantes.
– Gastos de manutención de los participantes.
– Gastos de alquiler y mantenimiento (incluye gastos ocasionados por obras para proyectos de ampliación y mantenimiento de sede).
– Gastos de publicidad y difusión propios de la actividad, que no superarán el 10% del proyecto.
– Otros gastos de imprenta.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Asociaciones Juveniles.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Modalidad A: 1.850 euros por proyecto.- Modalidad B: 9.025 euros por proyecto.
Requisitos:
Para la Modalidad A:a) Inscripción en el Registro de Asociaciones Juveniles de la Dirección General de Juventud, con anterioridad a la publicación de la presente Orden y con una antigüedad máxima de un año.
Para Modalidad B:
a) Inscripción en el Registro de Asociaciones Juveniles de la Dirección General de Juventud, con una antigüedad mínima de un año a la publicación de la convocatoria.
b) Disponer de estructura, experiencia y solvencia suficientes para garantizar el cumplimiento de los programas solicitados.
Se exige como requisito ineludible haber presentado la justificación de gastos y Memoria Final correspondiente a las subvenciones recibidas con anterioridad de la Consejería de Cultura, cuando hayan vencido los plazos correspondientes.
Documentos asociados
Boletín:
11/03/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 29
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 29
Documento: Convocatoria Descargar Documento