Ayudas a Asociaciones de Comerciantes y otras entidades sin fines de lucro, para actuaciones dirigidas a laincentivación de la demanda en el ámbito del comercio minorista.
Código de ayuda:
S14228/06Norma:
Orden de 24 de abril de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/06/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las actuaciones dirigidas a la incentivación de la demanda comercial en el ámbito del comercio al por menor que faciliten el desarrollo de estrategias para la mejora de la distribución, logística y promoción comercial.Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Comercio
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Innovación e Industria (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda que se otorgue, en régimen de concurrencia competitiva, no podrá superar el 50% del importe de la inversión subvencionable aprobada por la Dirección General de Comercio y Consumo,ni el 90%, en el caso de que se le acumulen otras ayudas o subvenciones para igual fin.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones de comerciantes, sin fines de lucro, que estén legalmente constituidas, y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia, o bien cualquier otra entidad representativa de las pequeñas y medianas empresas comerciales, sin fines de lucro, que pretendan llevar a cabo proyectos de interés y trascendencia en el ámbito comercial.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son actividades subvencionables:a) Estudios de mercado realizados por empresas especializadas y planes de acción, acompañados por la documentación que avale el equipo de investigación, currículum y experiencia.
b) Publicidad que responda a un plan de medios preestablecido, presupuestado y dimensionado el ámbito de influencia de la entidad solicitante.
c) Edición e impresión de folletos, carteles, producción de anuncios y elementos análogos, justificado y dimensionado el ámbito de influencia de la entidad solicitante.
d) Promoción de ventas, animación comercial y escaparatismo.
e) Potenciación de fórmulas de comercio tradicional, especialmente en áreas rurales.
f) Actuaciones que tengan por finalidad la mejora de la distribución y desarrollo logístico de la actividad comercial.
No tendrán la consideración de subvencionables, para cada una de las acciones realizadas, los siguientes conceptos:
a) Inversiones relativas a adquisición de bienes inmuebles y/o su mantenimiento y alquiler de locales.
b) Gastos de contratación de personal.
c) Gastos de mailings, muestras, regalos promocionales y los relativos a la celebración de cócteles y
actos análogos.
d) Los impuestos recuperables o repercutibles por el beneficiario.
Las actuaciones subvencionables comprenderán las ejecutadas entre el 1 de enero de 2006 y la fecha límite de presentación de la justificación de la ayuda.
Documentos asociados
Boletín:
08/05/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 87
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 87
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento