Ayudas a Entidades sin fines de lucro para la gestión de Centros de Acceso Público a Internet.

Código de ayuda:

S33373/05

Norma:

Orden 1888/2005, de 8 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas a Instituciones, Asociaciones y Entidades sin fines de lucro, radicadas en la Comunidad de Madrid, para garantizar la continuidad de las actuaciones de los Centros de Acceso Público a Internet gestionados al amparo de las Órdenes 1970/2004, de 26 de marzo, y 5293/2004, de 28 de junio, ambas, de la Consejería de Economía e Innovación tecnológica.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Instituciones, Asociaciones y Entidades sin fines de lucro, radicadas en la Comunidad de Madrid, que gestionen Centros de Acceso Público a Internet al amparo de las Órdenes 1970/2004, de 26 de marzo, y 5293/2004, de 28 de junio, ambas, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Acciones subvencionables:
a) El mantenimiento de un servicio de acceso libre y gratuito a Internet para todos los ciudadanos.
b) El desarrollo de actuaciones de formación y dinamización dirigidas a la incorporación de ciudadanos, colectivos con dificultad de acceso a las nuevas tecnologías y agentes sociales a la Sociedad de la Información.

Se consideran gastos subvencionables:
a) Costes de personal asignado directamente al funcionamiento de los Centros de Acceso Público a Internet y al desarrollo de los Programas de dinamización.
b) Gastos de gestión de funcionamiento, derivados del desarrollo de las actividades de dinamización, formación y difusión.
c) Gastos corrientes y de mantenimiento directamente relacionados con el funcionamiento de los Centros.
Se incluyen, exclusivamente, entre estos gastos los correspondientes a conectividad, mantenimiento de equipamiento informático y soporte técnico para la conexión a Internet en banda ancha, así como los costes de seguros de responsabilidad civil y daños.
d) Gastos de contratación a una entidad externa de la gestión del Centro.
En este caso podrá ser sustitutivo de los gastos contemplados en los apartados a), b) y/o c) anteriores que asuma dicha entidad.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 92
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 19/04/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 92
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/06/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 139
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento