Ayudas a Entidades sin fines de lucro para la gestión de Centros de Acceso Público a Internet.
Código de ayuda:
S33373/05Norma:
Orden 1888/2005, de 8 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de ayudas a Instituciones, Asociaciones y Entidades sin fines de lucro, radicadas en la Comunidad de Madrid, para garantizar la continuidad de las actuaciones de los Centros de Acceso Público a Internet gestionados al amparo de las Órdenes 1970/2004, de 26 de marzo, y 5293/2004, de 28 de junio, ambas, de la Consejería de Economía e Innovación tecnológica.Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Formación
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Instituciones, Asociaciones y Entidades sin fines de lucro, radicadas en la Comunidad de Madrid, que gestionen Centros de Acceso Público a Internet al amparo de las Órdenes 1970/2004, de 26 de marzo, y 5293/2004, de 28 de junio, ambas, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Acciones subvencionables:a) El mantenimiento de un servicio de acceso libre y gratuito a Internet para todos los ciudadanos.
b) El desarrollo de actuaciones de formación y dinamización dirigidas a la incorporación de ciudadanos, colectivos con dificultad de acceso a las nuevas tecnologías y agentes sociales a la Sociedad de la Información.
Se consideran gastos subvencionables:
a) Costes de personal asignado directamente al funcionamiento de los Centros de Acceso Público a Internet y al desarrollo de los Programas de dinamización.
b) Gastos de gestión de funcionamiento, derivados del desarrollo de las actividades de dinamización, formación y difusión.
c) Gastos corrientes y de mantenimiento directamente relacionados con el funcionamiento de los Centros.
Se incluyen, exclusivamente, entre estos gastos los correspondientes a conectividad, mantenimiento de equipamiento informático y soporte técnico para la conexión a Internet en banda ancha, así como los costes de seguros de responsabilidad civil y daños.
d) Gastos de contratación a una entidad externa de la gestión del Centro.
En este caso podrá ser sustitutivo de los gastos contemplados en los apartados a), b) y/o c) anteriores que asuma dicha entidad.
Documentos asociados
Boletín:
19/04/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 92
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
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Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
19/04/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 92
Documento: Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 92
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín:
13/06/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 139
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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