Ayudas a Guías de Turismo y empresas con actividad turística de Guías de Turismo, para la reactivación y dinamización de su actividad, en su labor de difusión y promoción de los destinos turísticos locales.
Código de ayuda:
S40973/23Norma:
Orden de 4 de diciembre de 2023.Plazo de Solicitud:
A determinar en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente disposición, tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a los guías de turismo y empresas con actividad turística que presten la actividad de guía de turismo.La subvención tiene como finalidad paliar la pérdida de ingresos sufrida por los guías de turismo y empresas con actividad turística que contraten a guías por cuenta ajena, para la reactivación y dinamización de su actividad incentivando la ocupación turística, en su labor de difusión y promoción de los destinos turísticos locales.
Categorías Subvención
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases los guías de turismo que ejerzan su actividad por cuenta propia y las empresas con actividad turística que contraten habitualmente a guías de turismo por cuenta ajena, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 178/1995 de 20 de diciembre.Requisitos:
a) Los guías de turismo por cuenta propia, deben estar habilitados y figurar en la Sección de Guías de Turismo de la Región de Murcia dependiente del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2 y 8 del Decreto 178/1995 de 20 de diciembre.b) Las empresas con actividad turística que contraten habitualmente a guías turísticos, deben estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. Asimismo, los guías que señalen para realizar las visitas deberán estar igualmente habilitados y figurar en la Sección de Guías de Turismo de la Región de Murcia dependiente del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia.
Documentos asociados
Boletín:
16/12/2023
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 289
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 289
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento