Ayudas a Instituciones radicadas en el exterior para obras y equipamientos - Programa 11
Código de ayuda:
S50628/06Norma:
ORDEN TAS/562/2006, de 24 de febrero. RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2006. RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/02/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Contribuir a la adquisición de equipos y mejora de las instalaciones de instituciones o entidades cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y cultural de los emigrantes españoles.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
a) Federaciones de asociaciones o centros de emigrantes en el exterior, que tengan carácter estatal o supranacional, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los emigrantes españoles.b) Asociaciones y Centros de emigrantes españoles en el exterior que cuenten con un mínimo de cincuenta asociados españoles. Excepcionalmente y previo informe favorable del Consejo de Residentes Españoles de la demarcación correspondiente, podrá tomarse en consideración la solicitud de ayuda de asociaciones o centros que no reúnan ese número mínimo de asociados.
c) Instituciones que desarrollen una labor asistencial a favor de los emigrantes españoles.
Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar en el Censo de Asociaciones de la Dirección General de Emigración.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La realización de obras tanto de nueva planta como de mejora o la ampliación o rehabilitación del edificio e instalaciones, salvo las destinadas a obras en residencias y centros de mayores, que se soliciten por el Programa 13 de la Orden TAS/562/2006, de 24 de febrero (BOE 2 de marzo).b) La adquisición de equipos, comprendiendo éstos desde la compra de instrumental hospitalario hasta la de enseres comunes de la dotación de las instituciones, salvo los destinados a residencias y centros de mayores, que se soliciten por el Programa 13 de la Orden TAS/562/2006, de 24 de febrero (BOE 2 de marzo).
Documentos asociados
Boletín:
02/03/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 52
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 52
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Boletín:
16/12/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 300
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín:
30/01/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 26
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 26
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