Ayudas a agrupaciones de productores para la realización de actividades de información y promoción de productos agroalimentarios gallegos con calidad diferenciada, en el marco del Programa de desarrollorural para Galicia 2007-2013 - Modificación y Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S42900/07

Norma:

Orden de 4 de febrero de 2008. Orden de 10 de mayo de 2007. Orden de 29 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Elobjeto es la modificación de las bases reguladoras de las ayudas a agrupaciones de productores para la realización de actividades de información y promoción de productos agroalimentarios gallegos con calidad diferenciada, en el marco del Programa de desarrollo rural para Galicia 2007-2013, aprobadas mediante la Orden de 10 de mayo de 2007 (DOG nº 93, del 15 de mayo), modificadas por la Orden de 4 de febrero de 2008 (DOG nº 29, del 11 de febrero) y proceder a su convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio presupuestario de 2009.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas podrán llegar hasta el 70% del gasto subvencionable. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de las acciones encuadradas en la letra b.1) del epígrafe 1 anterior (asistencia a ferias), la ayuda máxima será de 6.000 € cuando se trate de un evento realizado en el territorio de la comunidad autónoma, de 9.000 € en el resto del territorio peninsular, y de 12.000 € en el caso de ser fuera de territorio peninsular.
Por su parte, en el caso de las acciones de la letra b.2) de dicho epígrafe (organización de ferias) la ayuda
no superará los 24.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las agrupaciones de productores de ámbito gallego que participen
en algún programa de calidad diferenciada de alimentos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas ayudas tienen por finalidad la financiación de actuaciones dirigidas a los consumidores relativas a la
promoción, a la asistencia y organización de ferias y exposiciones y a la realización de estudios y otras actividades de divulgación, que sean ejecutadas por consejos reguladores y asociaciones sin ánimo de lucro de ámbito gallego que participen en algún programa de calidad diferenciada.

1. Serán subvencionables las actividades de las agrupaciones de productores relacionadas con actuaciones
de información y promoción en las que el fin sea inducir al consumidor a adquirir productos incluidos
en el marco de programas de calidad diferenciada de los alimentos.

2. Estas actividades resaltarán las características o las ventajas específicas de los productos en cuestión,
especialmente la calidad, los métodos de producción específicos o las estrictas normas aplicadas para
garantizar el bienestar de los animales y el respeto del medio ambiente vinculadas al programa de calidad de que se trate, y podrán incluir la divulgación de conocimientos científicos y técnicos sobre esos productos.
Podrán consistir, en particular, en la organización de ferias y exposiciones y la participación en las mismas,
así como actividades similares de relaciones públicas y publicidad en los diversos medios de comunicación
o en los puntos de venta, de acuerdo con lo establecido en el artículo siguiente.

Gastos subvencionables:

Se consideran subvencionables los gastos realizados, excluidos impuestos recuperables, en las siguientes actividades:

a) Promoción:
Serán subvencionables los gastos relativos a la realización y ejecución de campañas publicitarias en los
distintos medios de comunicación y otras acciones de promoción, como misiones comerciales, misiones
comerciales inversas, catas comentadas, degustaciones, presentaciones públicas o acciones publicitarias
en los puntos de venta.
Como requisito previo a su realización, el material piloto informativo, promocional y publicitario deberá
ser remitido a la Consellería del Medio Rural para verificar su adecuación a la normativa comunitaria.
Este material utilizará preferentemente el idioma gallego cuando su difusión esté prevista en el territorio
de la comunidad autónoma.
Cuando las actividades tengan por objeto la promoción de los productos procedentes de la Agricultura
ecológica o de productos amparados por una Denominación de Origen Protegida (DOP), Indicación Geográfica Protegida (IGP) o Especialidad Tradicional Garantizada (ETG), aparecerá el logotipo comunitario
previsto en los correspondientes reglamentos europeos en todo el material informativo, promocional o
publicitario.
En las actuaciones realizadas, los productos alimenticios elaborados por los integrantes de la agrupación
empleados en las campañas de promoción podrán ser considerados como parte de la aportación al gasto correspondiente al solicitante, valorándose a precios de origen.

b) Ferias y exposiciones:

b.1) Podrá subvencionarse la participación en ferias y exposiciones del sector agrario y agroalimentario.
Cuando un beneficiario pretenda solicitar ayuda para asistir a distintos eventos podrá acumularlos
todos en un único expediente, pero deberá presentar, junto con la solicitud, una memoria explicativa y un
presupuesto pormenorizado relativo a cada una de las ferias o exposiciones a las que se refiere el expediente.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los correspondientes a gastos de instalación del
stand (alquiler de espacio y mobiliario, decoración, seguros, etc.), traslado de productos, actividades y
material de promoción complementarios y gastos de contratación de un máximo de dos empleados para la
atención del stand o, en su caso, los gastos de desplazamiento y alojamiento de un máximo de dos personas por entidad solicitante. En este último caso, la cantidad máxima subvencionable será la reglamentariamente establecida para los funcionarios del grupo 2º de la comunidad autónoma, recogida en la Resolución de 29 de diciembre de 2005, publicada en el DOG nº 250, del 30 de diciembre.

b.2) Organización.
Será también subvencionable la organización de ferias y exposiciones relativas a productos incluidos en algún programa de calidad diferenciada de los alimentos.

c) Estudios y otras acciones de divulgación entre los consumidores:
Serán subvencionables los estudios de mercado relacionados directamente con campañas de promoción y los de evaluación del impacto de estas sobre los consumidores y sobre la comercialización de los productos incluidos en programas de calidad diferenciada de los alimentos.
Se podrá subvencionar también la organización de jornadas técnicas seminarios y congresos que tengan por objetivo la divulgación de conocimientos científicos y técnicos sobre esos productos entre los consumidores.

Documentos asociados

Boletín: 15/05/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 93
Documento: Bases, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/02/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 29
Documento: Modificación Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/01/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 4
Documento: Modificación, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento