Ayudas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades relacionadas con las víctimas y con la cultura de paz, convivencia y derechos humanos para 2022.

Código de ayuda:

S17600/22

Norma:

ORDEN FORAL 36E/2022, de 23 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de abril de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 8.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estimular la realización, por parte de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, de actividades que impulsen la memoria, el reconocimiento y la reparación a la que tienen derecho las víctimas y la difusión de valores vinculados a una cultura de paz, convivencia y Derechos Humanos, todo ello en el marco de los principios impulsados por la Dirección General de Paz, Convivencia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Relaciones Ciudadanas (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La asignación de la cuantía de la ayuda podrá alcanzar hasta el 100% del presupuesto
solicitado y aceptado, teniendo en cuenta que la cuantía máxima de la ayuda a asignar no podrá superar, en ningún caso, los 8.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

Podrán acogerse a las ayudas reguladas en estas bases las entidades legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de Navarra, o en el que reglamentariamente les corresponda, y que carezcan de ánimo de lucro.

Las entidades que concurran deberán reunir también los siguientes requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la
Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

b) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y, en especial, 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la
actividad subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 24/03/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 24/03/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento