Ayudas a autónomos, microempresas y pymes con actividad de turismo activo, agencia de viajes, organización de congresos, hostelería, ocio nocturno, discotecas y salones de celebraciones para la reactivación de su actividad y la dinamización de los recursos y las actividades inherentes a la gestión de los intereses turísticos tras las limitaciones sanitarias impuestas como consecuencia del COVID-19.
Código de ayuda:
S35828/21Norma:
Orden de 1 de julio de 2021.Plazo de Solicitud:
A determinar en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a autónomos, microempresas y pymes de la Región de Murcia con actividad de turismo activo, agencia de viajes, organización de congresos, hostelería, ocio nocturno, discotecas y salones de celebraciones para la reactivación, impulso y dinamización de su actividad tras las limitaciones sanitarias impuestas como consecuencia del COVID-19, ayudándoles a paliarla pérdida de ingresos que han sufrido en el primer semestre del año 2021 como consecuencia de las fuertes restricciones de movilidad, los cierres de establecimientos y las limitaciones horarias y de aforo ordenados por la crisis sanitaria, con el objetivo de generar una oportunidad de optimizar y racionalizar
al máximo los recursos y las actividades inherentes a la gestión de los intereses turísticos.
Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Otras
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Presidencia, Turismo, Juventud, Deportes y Portavocia. (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases los autónomos, microempresas y pymes con actividad de turismo activo, agencia de viajes, organización de congresos, hostelería, ocio nocturno, discotecas y salones de celebraciones, cuya actividad se localice en uno o varios centros de trabajoabiertos en la Comunidad Autónoma de la Región Murcia, que se encontrasen de alta en dicha actividad en fecha 1 de enero de 2021 así como en la fecha de presentación de la correspondiente solicitud de ayuda, a pesar de haber tenido que suspender o reducir significativamente el ejercicio de su actividad durante la
duración del estado de alarma, y que cumplan los requisitos.
Requisitos:
En caso de autónomos, microempresas o pymes del sector de la hostelería, ocio nocturno, discotecas y salones de celebraciones:a) Desarrollar la actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Que en fecha 1 de enero de 2021 y en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda se encuentren dados de alta en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que se detallan en Anexo.
En el caso de autónomos, microempresas o pymes que se encuentren dados de alta en el epígrafe 677.9, únicamente podrán ser beneficiarios de las ayudas aquellos que se dediquen a la actividad de salón de celebraciones.
En caso de autónomos, microempresas o pymes con actividad de agencia de viajes u organización de congresos:
a) Desarrollar su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Que en fecha 1 de enero de 2021 y en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda:
se encuentren inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia y, además:
se encuentren dados de alta en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:
Agencias de viaje: epígrafe 755.1 (Servicios a otras agencias de viaje) y epígrafe 755.2 (Servicios prestados al público por las agencias de viaje).
Organizadores de congresos: epígrafe 989.2 (Servicios de organización de congresos, asambleas y similares) y Grupo 854 (Expertos en organización de congresos, asambleas y similares).
En caso de autónomos, microempresas o pymes con actividad de turismo activo:
a) Desarrollar su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Que en fecha 1 de enero de 2021 y en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda:
se encuentren inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia y, además:
se encuentren dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en algún epígrafe directamente relacionado con la actividad de turismo activo desarrollada.
Documentos asociados
Boletín:
03/07/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 151
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 151
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento