Ayudas a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2021/22.
Código de ayuda:
S44719/21Norma:
ORDEN de 30 de julio de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 4 de octubre de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en las correspondientes unidades concertadas, entendiendo por este aquel alumnado que requiera determinados apoyos y atenciones específicas derivadas de discapacidad motora, sensorial, intelectual o trastornos generalizados del desarrollo y dela conducta, en aquellos aspectos que no estén ya cubiertos por el concierto educativo, a lo largo del curso escolar 2021/22.
Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Educación y Ciencia
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia. Los centros con unidades concertadas de educación especial únicamente podrán optar a las ayudas para la finalidad prevista en el artículo 4 de la orden. Quedan excluidos de estas ayudas los centros concertados específicos de educación especial.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Por una cuantía máxima de 300.000 euros (artículo 5.1 y 5.2) para:a) Contratación de personal complementario: logopeda, fisioterapeuta, psicólogo/a, pedagogo/a, trabajador/a social, educador/a social, terapeuta ocupacional, intérprete de lengua de signos y cuidador/a.
b) Reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores de cuantía no superior al 15 % de la ayuda.
c) Compra de material específico común no inventariable.
Por una cuantía máxima de 150.000 euros (artículo 5.3 y 5.4) para la compra de material inventariable específico para la atención del alumnado con necesidades de apoyo educativo.
Requisitos:
No podrán tener la condición de beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG número 121, de 25 de junio).Para obtener estas ayudas, los solicitantes tendrán que estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de la Comunidad Autónoma
Documentos asociados
Boletín:
01/09/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 168
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 168
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
01/09/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 168
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 168
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento