Ayudas a empresas constituidas por beneficiarias directas de la Iniciativa Comunitaria EQUAL 446-ODISEA.
Código de ayuda:
S15419/04Norma:
Resolución de 17 de mayo de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/07/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. Facilitar el acceso al mercado de trabajo de las personas desempleadas que están o han realizado la Acción Formativa Odisea enmarcada en el Programa Equal-Odisea 446 en el Ayuntamiento de Montoro durante el periodo septiembre 2003–julio 2004.2. Apoyar iniciativas empresariales de las beneficiarias del Proyecto Odisea 446, a través del Autoempleo, dinamizando y afianzando la actividad empresarial.
3. Compensar la desigual situación ante el mercado de trabajo en la que se encuentran hombres y mujeres, favoreciendo la incorporación de éstas al mundo laboral.
Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Ayuntamiento de Montoro (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Sin especificar.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las futuras empresas solicitantes que deben ser de nueva creación y surgidas en el marco del Proyecto Odisea, y que cumplan con los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Será objeto de ayuda los siguientes conceptos:- Gastos de Constitución (Notaria, Impuestos, Escritura Pública, Abogados, I.A.E., etc.).
- Alquiler de locales.
- Reforma de locales.
- Inversión para el desarrollo de la sociedad de la información:
• Equipos Informáticos.
• ADSL, Fax, Tlfno. …
• Fotocopiadora.
• Etc.
- Mobiliario.
- Seguros Sociales.
- Suministro (Agua, luz, limpieza, teléfono, etc.).
- Elementos de Transporte (Inmovilizado Material).
- Maquinaria.
- Existencias Iniciales (primeras compras de productos).
En ningún caso se considerarán como subvencionables los gastos relativos a las contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes o descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado inclusive de la empresaria o de quienes ostenten cargos de dirección en la empresa.
Requisitos:
1. Tener residencia legal en la Unión Europea.2. Las beneficiarias deberán haber participado y finalizado la Acción Formativa enmarcada en el Proyecto Odisea.
3. Las futuras empresas deberán estar constituidas única y exclusivamente por las alumnas de la Acción Formativa Odisea.
4. Deberán presentar un Proyecto Empresarial que una vez evaluado resulte ser técnica, financiera y económicamente viable.
5. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
6. Disponer de un C.I.F provisional para poder acceder a estas ayudas, en el caso de empresas societarias.
En el caso de empresas individuales será necesario presentar el documento acreditativo de solicitud de alta en el Régimen General de Autónomos.