Ayudas a entes locales en materia de comercio y artesania.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S23464/13Norma:
ORDEN 19/2013, de 14 de junio. ORDEN 8/2013, de 4 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 09/07/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2013, en materia de comercio y artesanía, destinadas al fomento de la cooperación interadministrativa y la dinamización, promoción e información de estos sectores.Categorías Subvención
- Artesanía
- Asociacionismo y Voluntariado
- Comercio
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas se destinarán a atender los gastos derivados de acciones de promoción del certamen o manifestación ferial, con un límite de 5.000,00 euros, y siempre que el presupuesto mínimo elegible supere los 1.500,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Los empresarios individuales y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes que cumplan los requisitos establecidos.2. Asociaciones empresariales, entidades públicas y privadas y fórmulas de comercio, o artesanía, asociado o integrado, con personalidad jurídica propia, con independencia de la fórmula jurídica que adopten.
3. Empresas públicas y mixtas.
4. Corporaciones de derecho público.
5. Entidades locales y consorcios con personalidad jurídica propia.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Alquiler y en su caso, montaje y desmontaje de las instalaciones fijas o móviles necesarias para la realización del certamen o manifestación ferial.b) Publicidad en medios de comunicación, incluidos los gastos de diseño, producción y edición, en su caso.
c) Rotulación, señalización y contratación de servicios de megafonía.
d) Servicios de vigilancia, seguridad y limpieza.
Requisitos:
– Estar legalmente constituidos.– Tener su domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana, excepto los beneficiarios citados en el artículo 2.1.
– No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
12/04/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7002
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7002
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
24/06/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7052
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7052
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento