Ayudas a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad para el año 2022.
Código de ayuda:
S19500/22Norma:
ORDEN FORAL 70E/2022, de 2 de marzo.Plazo de Solicitud:
Modalidad Fomento Asociacionismo: Hasta el 20 de abril de 2022. Modalidad Programas: Hasta el 02 de mayo de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad, fomentando el asociacionismo en las entidades sin ánimo de lucro y potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad, para el ejercicio 2022.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Discapacidad / Personas con discapacidad
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Consejería de Derechos Sociales (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
a) Las entidades de personas con discapacidad: entidades cuyo fin específico, según sus estatutos, sea trabajar en el área de personas con discapacidad y/o sus familias.b) Las federaciones: unión de entidades de personas y/o sus familias con discapacidad federadas o unidas mediante similar figura jurídica.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) “Fomento del asociacionismo”.b) “Desarrollo de Programas”.
Requisitos:
a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente.b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, o contar con Delegación permanente en este territorio. En este último supuesto, la antigüedad mínima será de 3 años en la Comunidad Foral de Navarra y habrán de contar con estructura y organización suficientes que les permita tomar decisiones y gestionar autónomamente los proyectos presentados a esta convocatoria.
c) Carecer de fines de lucro.
d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a personas con discapacidad y/o sus familias.
e) Contar con financiación procedente de fondos propios y/o de otras subvenciones públicas o privadas.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su caso haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.
g) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de
beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.
Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.
Documentos asociados
Boletín:
31/03/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín:
31/03/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento