Ayudas a entidades locales de Galicia para la aplicación de soluciones basadas en la naturaleza orientadas a la prevención de riesgos asociados al cambio climático en espacios urbanos y periurbanos (programa Galicia refugio climático), y se convocan, mediante tramitación anticipada de gasto, para el año 2025 (código de procedimiento MT975Y).

Código de ayuda:

S03446/25

Norma:

ORDEN de 29 de enero de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de marzo de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 60.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria pública para el año 2025 de la concesión de ayudas para la aplicación de soluciones basadas en la naturaleza orientadas a la prevención de riesgos asociados al cambio climático en espacios urbanos y periurbanos (Programa Galicia refugio climático), para el año 2025 (código de procedimiento MT975Y).

Su finalidad es colaborar con los ayuntamientos gallegos para fomentar actividades que contribuyan al impulso de la infraestructura verde y la conectividad de los espacios verdes, para incrementar la biodiversidad, mejorar su conservación, la adaptación al cambio climático, la mejora de la calidad ambiental y la creación de espacios saluda.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención será del 80 % de la inversión subvencionable aceptado de cada proyecto, con el límite máximo de 60.000,00 € por proyecto, hasta el agotamiento del crédito consignado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de esta subvención los ayuntamientos de Galicia, de forma individual.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La ejecución de obras y la adquisición de equipamientos que sean imputables al capítulo VI del presupuesto de gastos de la entidad local, de conformidad con la clasificación económica establecida por la Orden EHA/3565/2008, de 8 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.

b) Los costes de servicios directamente relacionados con las inversiones que se efectúen, tales como honorarios de arquitectura e ingeniería.

c) En lo relativo al impuesto sobre el valor añadido, los ayuntamientos no tienen la consideración de sujeto pasivo, en los términos previstos en el artículo 13.1 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, por lo que el IVA soportado por estos se considerará subvencionable.

Requisitos:

a) Cada ayuntamiento podrá presentar solicitudes para un máximo de 3 proyectos, conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.

b) El ayuntamiento debe tener la plena disponibilidad sobre los terrenos o fincas en que se pretende realizar las actuaciones Este requisito deberá estar cumplido antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y se acreditará mediante la certificación emitida por la secretaría del ayuntamiento solicitante en el modelo del anexo II.

c) De ser necesarias para llevar a cabo la actuación para la cual se solicita la subvención, se deberá contar con las autorizaciones o licencias urbanísticas o sectoriales que resulten preceptivas, tanto de las entidades locales como por parte de otros organismos o administraciones públicas. A estos efectos, el cumplimiento de dicho requisito se acreditará en la fase de justificación.

d) Que exista acuerdo del ayuntamiento por el cual se decide solicitar la subvención para las obras o actuaciones concretas que se pretenden ejecutar al amparo de esta orden en base al proyecto o memoria valorada presentada, y se aceptan expresamente las condiciones de financiación y demás requisitos establecidos en ella.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 33
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/02/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 33
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento