Ayudas a entidades privadas para el fomento de la gratuidad de la atención educativa para segundos hijos o hijas y sucesivos/as en escuelas infantiles 0-3.
Código de ayuda:
S01273/21Norma:
ORDEN de 30 de diciembre de 2020. ORDEN de 16 de abril de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de febrero de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia no competitiva, el procedimiento de concesión de ayudas económicas para escuelas infantiles 0-3 años dependientes de entidades privadas de iniciativa social con la finalidad de consolidar la oferta existente y ofrecer un servicio amplio de conciliación de la vida familiar y laboral en el que se preste una atención educativa de calidad y con unos precios homogéneos para las familias.Estas ayudas, dirigidas al sostenimiento de los centros de educación infantil 0-3 años existentes y a la mejora de su calidad, constan de dos líneas: la línea 1 financiará gastos de mantenimiento de estos centros y la línea 2 les compensará por la aplicación de una bonificación del 100 % del precio correspondiente a la atención educativa de segundos hijos o hijas y sucesivos/as de la unidad familiar y por la gratuidad de la matrícula relativa a las plazas ocupadas por quienes reúnan dicha condición para el curso 2021/22.
El período subvencionable en ambas líneas es el comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de agosto de 2022.
Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Politica Social e Igualdad (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Las ayudas compensarán la aplicación de la bonificación del 100 % del precio de la atención educativa relativa a segundos hijos o hijas y sucesivos/as de la unidad familiar en la cuantía del precio mensual que le hubiee correspondido abonar a la familia según las tarifas establecidas por las horas de asistencia del niño o niña hasta un máximo de 260 euros/mes por plaza a jornada completa, excluido, en todo caso, el mes de vacaciones del niño o niña.2. Asimismo, se bonificará la gratuidad de la matrícula de los segundos hijos o hijas y sucesivos/as de la unidad familiar con una ayuda de hasta un máximo de 200 euros por matrícula, excluido cualquier concepto distinto del de inscripción y referida únicamente a los niños y niñas que ocupan plaza en la fecha de la certificación de ocupación para la justificación.
3. Las ayudas se calcularán en función de las tarifas y del precio de la matrícula de la escuela infantil en el curso 2020/21, sin superar el tope de 260 euros/mes y 200 euros por matrícula respectivamente, y del número de segundos/as y sucesivos/as hijos/as que la entidad declare en la solicitud.
4. A efectos de lo previsto en los números anteriores, durante todo el período subvencionable la entidad emitirá los justificantes mensuales de pago para entregar a los sujetos obligados en los que conste el número de horas al día de asistencia y el importe que le correspondería abonar con la leyenda Precio bonificado 100 %. Esta leyenda constará igualmente en los justificantes de matriculación. En los supuestos en los que las ayudas no alcancen el 100 % del coste por atención educativa y matrícula será a cargo de las entidades beneficiarias la cuantía de la bonificación en lo que exceda de la cuantía de la
subvención otorgada por la Administración autonómica.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán optar a estas ayudas las entidades privadas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, apliquen la gratuidad de la atención educativa y de la matrícula en las escuelas infantiles 0-3 para segundos y sucesivos hijos e hijas, no accedan a la bonificación a través de otras líneas de ayuda de la Consellería de Política Social.Requisitos:
a) Estar debidamente inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS) de la Consellería de Política Social, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación y la inspección de los servicios sociales en Galicia.b) Que la escuela infantil 0-3 por la que solicita las ayudas cumple los requisitos establecidos en el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, y en el Decreto 329/2005, de 28 de julio, por el que se regulan los centros de menores y los centros de atención a la infancia, así como en la normativa de desarrollo.
c) Que la escuela infantil 0-3 por la que solicita las ayudas dispone de la documentación que acredita que los niños y niñas que asisten a ella siguen el calendario de vacunación infantil del Programa gallego de vacunación.
d) Que la escuela infantil 0-3 por la que solicita las ayudas tiene sus tarifas desglosadas por tipo de gasto y actualizadas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS) de la Consellería de Política Social y aplica los mismos precios a la totalidad de los niños y niñas, con independencia del número de orden que ocupen en la unidad familiar.
Documentos asociados
Boletín:
13/01/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 7
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
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13/01/2021
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Boletín:
21/04/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 74
Documento: Ampliación presupuestaria Descargar Documento
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