Ayudas a entidades privadas sin animo de lucro para el desarrollo de proyectos archivisticos.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S34073/11Norma:
Orden CUL/1639/2011, de 26 de mayo. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/07/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2011 la concesión de ayudas, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones («Boletín Oficial del Estado» de 18 de noviembre), en régimen de concurrencia competitiva, a entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo proyectos archivísticos de ámbito nacional o de ámbito al menos superior al de una Comunidad Autónoma que redunden en la mejor conservación y difusión de nuestros archivos, cuyos fondos documentales constituyen un testimonio único del proceso histórico de vertebración del Estado y de la cultura española y de su proyección internacional.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Cultura ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro, que presenten proyectos archivísticos cuyo objeto sea documentación de interés nacional o de interés al menos superior al de una Comunidad Autónoma, sobre el Patrimonio Documental Español y su proyección internacional (en aplicación del art. 149.2 de la Constitución), siempre que estando legalmente constituidas, cumplan los requisitos y no se encuentren incursas en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los trabajos de descripción, reproducción, conservación, restauración, identificación, valoración, y recuperación de documentos.Requisitos:
Los beneficiarios de las ayudas deben estar al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, y en las obligaciones por reintegro de subvenciones de conformidad con los criterios detallados en los artículos 18 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 2.3 de la Orden CUL//2912/2010, de 10 de noviembre.Para poder concurrir a estas ayudas, las entidades deberán acreditar que están válidamente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente en la fecha en que se presente la solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
15/06/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 142
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 142
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
13/11/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento