Ayudas a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo del Sector Artesanal.
Código de ayuda:
S04746/05Norma:
Orden de 10 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/03/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a otorgar por la Consejería de Turismo, Comercio y Consumo durante el año 2005, a entidades sin ánimo de lucro del sector artesanal, para financiar inversiones o actividades de carácter artesano.Categorías Subvención
- Artesanía
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Asociacionismo y Voluntariado
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Turismo, Comercio y Consumo (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
No podrá ser superior a los 60.010,21 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Las Asociaciones de Artesanos de la Región de Murcia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Realización de cursos de interés para el sector artesanal.2. Demostraciones en vivo relativas a los oficios artesanos.
3. Realización de publicaciones y catálogos sobre Artesanía.
4. Inversiones en el inmovilizado del local asociativo.
5. Adquisición de material necesario para la actividad artesana.
6. Cualquier otra actividad o inversión que suponga la promoción, fomento y modernización del sector artesanal, así como su adaptación a las nuevas demandas del mercado.
No serán subvencionables:
1. Campañas publicitarias de radio, prensa y otros medios de comunicación.
2. Rifas y sorteos.
3. Los gastos de restauración, como almuerzos, comidas y, en general, gastos de restaurantes y similares.
Requisitos:
a) Estar inscritas en la Sección 5.ª del Registro Artesano de la Región de Murcia, conforme a lo dispuesto en los artículos 25 a 30 del Decreto n.º 101/2002, de 14 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Desarrollo de la Ley de Artesanía, o haber solicitado su inscripción con anterioridad a la publicación de la presente Orden.b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Documentos asociados
Boletín:
15/02/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 37
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 37
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento