Ayudas a favor de personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa de la Democracia.
Código de ayuda:
S70982/08Norma:
REAL DECRETO 1803/2008, de 3 de noviembre. Ley 52/2007, de 26 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/11/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Determinar el alcance, las condiciones y el procedimiento para el reconocimiento y abono de las indemnizaciones por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Otras
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la indemnización por fallecimiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1 de la Ley 52/2007, será de 135.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los hijos y el cónyuge de la persona fallecida, si no estuviere separado legalmente ni en proceso de separación o nulidad matrimonial, o la persona que hubiere venido conviviendo con ella de forma permanente con análoga relación de afectividad a la del cónyuge durante, al menos, los dos años inmediatamente anteriores al momento del fallecimiento, salvo que hubieren tenido descendencia en común, en cuyo caso bastará la mera convivencia.Documentos asociados
Boletín:
27/12/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 310
Documento: Reconocimiento de Derechos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 310
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Boletín:
15/11/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 276
Documento: Convocatoria 2008, Bases y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 276
Documento: Convocatoria 2008, Bases y Anexos Descargar Documento