Ayudas a inversiones a bordo de barcos pesqueros y selectividad, del sector pesquero de las Illes Balears.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S11964/13Norma:
Palma, 19 de abril de 2013. Orden de 17 de junio de 2008. Palma, 11 de julio de 2013. Palma, 30 de abril de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 06/06/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria, correspondiente al año 2014, de las ayudas destinadas a inversiones a bordo de barcos pesqueros y selectividad, de acuerdo con lo que se establece en la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 17 de junio de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa del Fondo Europeo de Pesca, publicada en el BOIB nº 90, de 28 de junio de 2008, modificada por la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 30 de julio de 2009, publicada en el BOIB nº 119, de 15 de agosto de 2009, en el marco del programa operativo del Fondo Europeo de Pesca, aprobado por la Comisión en fecha 13 de diciembre de 2007, última modificación de junio de 2012.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Con carácter general, el porcentaje de la subvención será del 40% del coste elegible y corresponde a los beneficiarios finales la participación mínima del 60% del coste mencionado, de acuerdo con lo que se establece para los grupos 2 en el Anexo II del Reglamento (CE) nº 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca, sin que, en ningún caso, pueda superar el coste de la actividad subvencionada.No obstante lo previsto en el párrafo anterior y de conformidad con lo que se establece en el artículo 26, apartado 2 del citado Reglamento (CE) nº 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio, respecto a las ayudas destinadas a barcos de pesca costera artesanal, la subvención será del 60% del costo elegible y el índice de participación privada se reducirá al 40% del coste subvencionable.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Comunidades de bienes / propietarios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación que lleven a cabo las actuaciones previstas en la presente Resolución y que, en el momento de presentación de la solicitud de ayuda o en otro momento, si a continuación así se establece, sean armadores y/o propietarios de barcos pesqueros, que reúnan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones o inversiones que realice a bordo de los barcos la persona beneficiaria entre la solicitud o la visita de inspección previa, siempre que hayan sido posteriores al 1 de junio de 2013, y la fecha de finalización del plazo para justificar la inversión, y que cumplan los requisitos previstos en el punto 2 siguiente, siempre que tengan cualquiera de las siguientes finalidades:- Mejorar la seguridad a bordo.
- Mejorar las condiciones de trabajo.
- Mejorar las condiciones de higiene.
- Mejorar la calidad y la conservación de los productos.
- Mejorar el rendimiento energético.
- Mejorar la selectividad.
Requisitos:
a) Han de estar inscritos en la Lista Tercera del Registro Oficial de Matrícula de Barcos y en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.b) Han de tener su puerto base en las Illes Balears.
c) Han de tener cinco años o más contados a partir de la fecha de entrada en servicio.
d) No han de estar ofertados como baja para una nueva construcción o presentados para ser subvencionados por paralización definitiva.
Documentos asociados
Boletín:
28/06/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 90
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
23/04/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 54
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
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Boletín:
23/07/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 102
Documento: Modificación y Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento
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Boletín:
06/05/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 62
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
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