Ayudas a inversiones en eficiencia energética y uso de energías renovables en el sector de la Administración Pública Local de Euskadi – Gauzatu Energía.
Código de ayuda:
S69882/21Norma:
RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de diciembre de 2030 o hasta el agotamiento del presupuesto.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover acciones que persigan la eficiencia en el consumo de energía y el aprovechamiento de los recursos renovables en instalaciones y edificios públicos municipales localizados en el territorio de la Comunidad Autónoma del Euskadi (en adelante «CAE»), se publica el presente programa de anticipos reintegrables destinadas a inversiones en eficiencia energética y uso de energías renovables en el sector de la administración pública local de Euskadi ‐ Gauzatu Energia.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Ente Vasco de la Energía (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La dotación económica destinada a este programa de anticipos asciende a noventa millones de euros (90.000.000 euros), según el correspondiente crédito establecido al efecto en los presupuestos del Gobierno Vasco. La cuantía total del conjunto del fondo de financiación no superará la cantidad de noventa millones de euros (90.000.000 euros).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
a. Concejos, hermandades, juntas administrativas y otras entidades locales territoriales de ámbito inferior.b. Los municipios.
c. Mancomunidades de municipios, Cuadrillas del territorio histórico de Álava y otras entidades locales de acuerdo con lo establecido en la legislación básica de régimen local y en la Ley de Instituciones locales de Euskadi 2/2016.
d. Los organismos públicos vinculados o dependientes de tales entidades locales.
e. Las empresas públicas municipales en cuyo capital social la participación directa o indirecta de las entidades previstas en este apartado sea superior al 50 por ciento.
f. Las fundaciones cuyo patrono fundacional sea una entidad local o cuyo patronato esté configurado de forma dominante por representantes de la entidad local.
g. Los consorcios, así como al resto de entidades instrumentales de cualquier carácter participadas mayoritariamente por capital público local o cuya posición dominante sea de una entidad local.
Documentos asociados
Boletín:
30/12/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 261
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 261
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento