Ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.

Código de ayuda:

S18273/24

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2024. Decreto 27/2022, de 23 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan dos regímenes de ayudas:

1) Ayudas destinadas a fomentar inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado y de perros de rehala, recovas o jaurías, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad.

2) Ayudas destinadas a fomentar inversiones en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores, o en equipos de tratamientos mediante termoterapia en viveros de vid. Estas ayudas están incluidas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiadas al 100 % por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de subvenciones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad, las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica:

a) Que sean titulares o propietarios de centros de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de ganado, incluidas las especies cinegéticas en Extremadura, y estén autorizados y registrados por el órgano competente de esta comunidad autónoma, y se comprometan a la mejora del mismo.

b) O que se comprometan a construir un nuevo centro de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de ganado en Extremadura.

Podrán ser beneficiarios de subvenciones a inversiones de instalaciones de protección frente a insectos vectores, las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica.


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