Ayudas a inversiones realizadas por Cofradías de Pescadores de Cantabria, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S24419/17Norma:
Orden MED/17/2017, de 15 de mayo. Orden MED/7/2018, de 6 de febrero. Orden de 6 de julio de 2017.Plazo de Solicitud:
Hasta el 14 de agosto de 2017.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Orden aprobar las bases reguladoras de las ayudas a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar las inversiones realizadas por las Cofradías de Pescadores de la Comunidad Autónoma de Cantabria.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La intensidad de ayuda pública concedida para las operaciones descritas en esta Orden, no puede exceder del 50% de los gastos subvencionables, siendo el resto financiado por el beneficiario como contribución privada, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 95 del Reglamento (UE) n.º 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.Asimismo, la cuantía de las subvenciones concedidas en ningún caso podrá exceder de 200.000 € por convocatoria y sujeto beneficiario.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
Tendrán la consideración de beneficiarios aquellas Cofradías de Pescadores de Cantabria legalmente constituidas que soliciten estas ayudas y cumplan con las condiciones y obligaciones previstas en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Inversiones que mejoren las infraestructuras de los puertos pesqueros, las lonjas, los lugares de desembarque y los fondeaderos, incluidas las inversiones en instalaciones de recogida de residuos y desechos marinos dirigidas a:— Mejorar la calidad e incrementar el control y la trazabilidad de los productos desembarcados.
— Aumentar la eficiencia energética.
— Contribuir a la protección del medio ambiente.
— Mejorar la seguridad y las condiciones de trabajo.
b) Inversiones en puertos pesqueros, lonjas, lugares de desembarque y fondeaderos destinadas a:
— Facilitar el cumplimiento de la obligación de desembarque de las capturas según el artículo 15 del Reglamento (UE) n.º 1380/2013 y el artículo 8.2.b) del Reglamento (UE) n.º 1379/2013.
— Aumentar el valor de los componentes infrautilizados de la captura.
Documentos asociados
Boletín:
30/05/2017
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 103
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
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Boletín:
13/07/2017
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 135
Documento: Convocatoria 2017 Extracto Descargar Documento
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Boletín:
15/02/2018
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 33
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
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