Ayudas a la Promoción Turística de la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S01928/07

Norma:

ORDEN 7964/2006, de 20 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/02/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. El objeto de la presente subvención es el fomento de la promoción turística de los recursos naturales y turístico-culturales, así como de gastronomía y ocio, de las diferentes áreas geográficas de la Comunidad de Madrid, y en el diseño de rutas turísticas intermunicipales de la misma.

Estas actuaciones se realizarán mediante la creación de páginas web y la edición de folletos, de acuerdo con las características que exige el Anexo IV de la presente Orden.

2. En el caso de que el objeto se refiera a páginas web, deberá incluirse un vínculo (link) con la página web de turismo de la Comunidad de Madrid.

3. Los establecimientos turísticos incluidos, en su caso, en los proyectos referidos, deberán encontrarse inscritos en el Registro General de Empresas y Entidades Turísticas de la Comunidad deMadrid.

4. El contenido de los folletos deberá ser de utilidad probada para el turista, debiendo incluir, preferentemente, información de alojamientos y restauración, comercios turísticos (productos típicos,
artesanía, etcétera), así como de rutas y medios de transporte para acceder a la localidad, fiestas tradicionales y monumentos de interés.

Asimismo, deberá incluir, un mapa desplegable del municipio con los puntos de interés turístico.

El material que compone el folleto deberá presentarse simultáneamente en soporte informático (PDF, las fotografías en JPG) para su inclusión en www.madrid.org

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Mancomunidades o agrupaciones de municipios, los Ayuntamientos, así como los grupos de acción local constituidos con arreglo a derecho y que pertenezcan al ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los gastos de diseño, elaboración, producción, impresión del objeto de los proyectos, tanto en soporte informático, como audiovisual e impreso.

b) Será subvencionable, el Impuesto sobre el Valor Añadido soportado que constituya un coste para la Entidad.

Las acciones subvencionables deberán reunir los requisitos técnicos que se contemplan en el Anexo IV de la Orden.

No se considerarán subvencionables los proyectos que mayoritariamente recojan servicios municipales no turísticos.

Documentos asociados

Boletín: 04/01/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 3
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento