Ayudas a la contratación del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) de la Cámara de Comercio de Zaragoza para el Ejercicio 2024.
Código de ayuda:
S23400/24Norma:
Resolución de 29 de octubre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de diciembre de 2024.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 5.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta línea es la concesión de ayudas a las empresas de la demarcación de la Cámara de Comercio de Zaragoza que hayan contratado a jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los términos previstos en la normativa estatal que lo regula, y que al menos hayan finalizado la orientación vocacional dentro del Plan de Capacitación del PICE.Categorías Subvención
- Empleo
- Formación
- Juventud
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Cámaras de Comercio e Industria de Aragón (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las ayudas por cada joven contratado asciende a 5.000 €Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Empresas y personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Zaragoza que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE.Requisitos:
1-Tener la consideración de empresa conforme a dispuesto en el artículo 1 del Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, según el cual, se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica.2-No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
3-Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
4-No superar el límite de ayudas de minimis conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
5-El centro de trabajo del beneficiario/a de la subvención debe estar ubicado en la demarcación de la Cámara de Comercio de Zaragoza.
6-Podrán solicitar las ayudas aquellas empresas que, desde la entrada en vigor de la convocatoria hasta el 31 de diciembre de 2024, hayan formalizado un contrato (según los tipos previstos en el punto tercero del Artículo 4), con jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que consten en dicho Sistema como beneficiarios en el momento de la contratación, que no hayan trabajado en el día inmediatamente anterior a la entrada en vigor del contrato y que hayan finalizado al menos la orientación vocacional del PICE.
7-Tanto el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social del joven contratado, como el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud de ayuda.
Documentos asociados
Boletín:
05/11/2024
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 215
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 215
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
05/11/2024
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 215
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 215
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento